Archivo cronológico de Juntas de Gobierno
14 junio 2005
Aprobación si procede de facturas:
Este punto se transcribe intacto (exceptuando nombres de personas físicas).
1° AEG, anticipo de caja para gastos de aparcamiento, 20,00 euros.
2° RSH, anticipo de caja para los premios del concurso de paellas,
535,00 euros.
3° Bar La Galería, invitación durante las fiestas
patronales, 13,20 euros.
4° AEG, anticipo de caja para compra foto Rey para Juzgado de Paz,
10,00 euros.
5° Intrados Servicios Culturales S.L., taller de historia del arte
meses abril y mayo, 450,00 euros.
6° XXX, clases de restauración de muebles mes de abril, 593,04
euros.
7° XXX, clases de dibujo y pintura mes de mayo, 1.297,92 euros.
8° Bocam, pago de anuncio, 103,38 euros.
9° Bocam, pago de anuncio, 92,06 euros.
10° Bocam, pago de anuncio, 80,74 euros.
11° Bocam, pago de anuncio, 80,74 euros.
12° Bocam, pago de anuncio, 92,06 euros.
13° Bocam, pago de anuncio, 89,41 euros.
14° Bocam, pago de anuncio, 92,06 euros.
15° Bocam, pago de anuncio, 88,79 euros.
16° Bocam, pago de anuncio, 54,85 euros.
17° Bocam, pago de anuncio, 46,44 euros.
18° Bocam, pago de anuncio, porte 46,44 euros.
19° Bocam, pago de anuncio, 46,44 euros.
20° Bocam, pago de anuncio, 155,02 euros.
21° PMM, anticipo de caja para gastos varios local tercera edad,
150,00 euros.
22° UPM, anticipo de caja para pasar ITV al Patrol, 60,00 euros.
23° PMM, anticipo de caja para gastos varios, local tercera edad,
150,00 euros.
24° AEG, anticipo de caja para compra de mapas, 20,00 euros.
25° Bocam, pago de anuncio, 169,52 euros.
26° Bocam, pago de anuncio, 204,44 euros.
27° Bocam, pago de anuncio, 353,88 euros.
28° Martín González S.L., producción para la
actuación de Iguana Tango el día 14 de Mayo, 9.680,98
euros.
29° Martín González S.L., actuación de Iguana
Tango, 17.429,35 euros.
30° Bocam, pago de anuncio, 159,69 euros.
31° Confederación Hidrográfica del Tajo, canon de
control de vertidos, 360,60 euros.
32° JFZ, anticipo de caja para recoger libros de correos, 39,00
euros.
33° Carpas Chus S.L.,alquiler de diez carpas para las fiestas
patronales, 4.531,73 euros.
34° Eventos y Proyectos S.L. Evenpro, actuación espectáculo
3º edad, 2.484,00 euros.
35° Eventos y Proyectos S.L. Evenpro, parque Infantil dla
19 de mayo, fiestas patronales, 2.900,00 euros.
36° Eventos y Proyectos S.L. Evenpro, actuación de la Orquesta
Juanita Rivero y Terra dla 18 de mayo, fiestas patronales, 2.600,00
euros.
37° Maesa Nova S.L., macro-fiesta movil día 13 de
mayo, fiestas patronales, 2.601,00 euros.
38° Maesa Nova S.L., actuación charanga días
14, 16, 17, 18, 21 Y 22 de mayo, fiestas patronales, 5.280,00 euros.
39° Espectáculo Amando, actuación orquesta
musical Sueños día 16 de mayo, fiestas patronales, 4.524,00
ellros.
40° Casmen Iluminación S.L., iluminación extraordinaria,
fiestas patronales, 3.869,41 euros.
41° Eventos y Proyectos S.L., evenpro, alquiler carpa de
dos aguas del 13 al 23 de mayo, fiestas patronales, 5.601,64 euros.
42° Pasarela Formusic S.L., montaje de equipo de sonido
y actuación orquesta, fiestas patronales, 4.176,00 euros.
Aprobación si procede de expedientes de obras actividades e instancias presentadas:
En este punto se aprueban/deniegan/justifican: licencias de obra, licencias de ocupación, instalacion de industrias, comerciales, placas de vado permanente, exención de impuestos, solicitud de licencia de empleados municipales, etc. Esta información no se detallará, a no ser que sean de interés general.
Seguidamente se dio lectura
a la instancia presentada por Hercesa Inmobiliaria S.A., y en
la que solicita licencia municipal de obra para la construcción
de edificio de 58 viviendas, garajes, y trasteros en el Sector 02, parcela
BA-02 del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos
de Jarama de 2 de agosto de 2001, acompañando proyecto y presupuesto.
Expediente 021/05.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico
y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea.
También se aprobó el importe de la liquidación
provisional de la tasa que asciende a la cantidad de 100.082,73 euros.
Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción
la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la
condición legal de la observancia del plazo de un año
para iniciar las obras y tres años para terminación de
éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas
de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no
superior al inicialmente acordado.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la
altura máxima de la edificación no exceda de 22 m, y la
de la grua no exceda de 40 m, de acuerdo con la autorización
que se ha recibido del Ministerio de Fomento, Dirección General
de Aviación Civil.
Asimismo la licencia quedará condicionada a la obtención
de la licencia de apertura de las instalaciones generales del edificio.
Las plazas de aparcamiento que se establecen como obligatorias, en este
caso 58, son inseparables de la edificación.
A continuación se da lectura a la instancia presentada por Aislamiento
Acústico U.T.E. y en la que solicita licencia para la isonorización
de huecos de la fachada de diversas viviendas de las calles Progreso,
Sauces, Escuelas, de Belvis del Jarama.
A la vista del informe favorable emitido por el arquitecto municipal
se acuerda conceder la licencia de obras.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Vemusa
y en la que solicita que la Junta de Gobierno Local conceda la consideración
de edificios singulares a la tipologia edificatoria propuesta en el
proyecto presentado con número de expediente de obra 24/05 para
construcción de 8 vivienda unifamiliares pareadas en el Sector
7 del PGOU en la manzana UA-02 parcelas R-l a R-8. Se entienden singularidades:
La cubierta plana transitable para las soluciones de terrazas descubiertas.
La Jumta de Gobierno Local a la vista del informe emitido por la Arquitecto
Municipal por unanimiclad acuerda admitir como viable la singularidad
propuesta.
Se recuerda que se ha recibido con RE 88 Y fecha 10/01(05 autorización
de la Dirección General de Aviación Civil con la condición
de que la edificación no supere la altura máxima de 9m,
condición que se deberá incorporar a la licencia de obras.
También se aprobó el importe de la tasa que asciende a
la cantidad de 18,00 euros.
Acto seguido se dio lectura a la instancia presentada Vemusa
y en la que solicita que la Junta de Gobierno Local conceda la consideración
de edificios singulares a la tipologia edificatoria propuesta en el
proyecto presentado con número de expediente de obra 25/05 para
construcción de 10 vivienda unifamiliares aisladas en el Sector
9 del PGOU en la manzana UA-OI parcelas R-3 a R-12. Se entienden singularidades:
La cubierta plana transitable para las soluciones de terrazas descubiertas.
La Junta de Gobierno Local a la vista del informe emitido por la Arquitecto
Municipal por unanimidad acuerda: Admitir como viable la singularidad
propuesta.
Se recuerda que se ha recibido con RE 91 Y fecha 10/01/05 autorización
de la Dirección General de Aviación Civil con la condición
de que la edificación no supere la altura máxima de 13m
y 25m la grúa, condición que se deberá incorporar
a la licencia de obras. También se aprobó el importe de
la tasa que asciende a la cantidad de 18,00 euros.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Vemusa
y en la que solicita que la Junta de Gobierno Local conceda la consideración
de edificios singulares a la tipologia edificatoria propuesta en el
; proyecto presentado con número de expediente de obra 26/05
para construcción de 34 viviendas unifamiliares pareadas en el
Sector 2 del PGOU en la manzana UA-06 parcelas R-l a R-34. Se entienden
singularidades: La cubierta plana transitable para las soluciones de
terrazas descubiertas.
La Junta de Gobierno Local a la vista del informe emitido por la Arquitecto
Municipal por unanimidad acuerda: Admitir como viable la singularidad
propuesta
Se recuerda que se ha recibido con RE 87 y fecha 10/01/05 autorización
de la Dirección General de Aviación Civil con la condición
de que la edificación no supere la altura máxima de 9m.
Asimismo se ha recibido con RE 328 de 25/01/05 autorización de
la Dirección General de Estado de la Defensa para las edificaciones
siempre que la altura máxima no sobrepase de 711 ,84m de cota
y la altura de las gruas no sobrepasen las Isiguientes cotas: Mástil
grúa 1 = 710,79 m; Pluma grúa 1 = 708,69 m; Mástil
grúa 2 = 709,88 m; P1uma grlla 2 = 707,5 m; Mástil grua
3 = 708,66 m; Pluma grita 1 = 706 m.También se aprobó
el importe de la tasa que asciende a la cantidad de 18,00 euros.
Asuntos varios:
Aqui también resumimos/omitimos algunos puntos que se refieren a personas concretas, pero mantenemos siempre los temas que correspondan a gastos municipales.
La Junta de Gobierno Local
por unanimidad acuerda:
Se ha remitido Providencia en relación con el procedimiento ordinario
40/1998 por la que se solicita se informe por parte de este Ayuntamiento
sobre las medidas adoptadas en orden a la ejecución del Auto
de fecha 13 de Diciembre de 2.004 por el que se fija la compensación
económica del fallo de la sentencia a favor de MPP en
el recurso de referencia del Sector 4 "Altos del Jarama".
Se acuerda: Aprobar el gasto por importe de 21.384,43 euros a
favor de MPP en cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso Administrativo,
Sección 1, en el procedimiento ordinario 40/1998.
A la vista de la petición efectuada por la Junta de Gobierno
Local de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día
3 de Junio de 2.005 a la Dirección General de Cooperación
con la Administración Local de la Comunidad de Madrid, del alta
en el Programa Regional de Inversioness y Servicios de Madrid Prisma
2001-2005 de la actuación denominada "Reallzacion de Garaje,
Escuela de Musica y Plaza en calle Real de Burgos , se debe proceder
a la aprobación del proyecto básico y de ejecución
de dicha actuación. 1º La Junta de Gobierno Local por unanimidad
acuerda: 1° Aprobar el proyecto básico y de ejecución
de la actuación denominada "Realización de Garaje,
Escuela de Música y Plaza en calle Real de Burgos". 2°
Ratificar el presente acuerdo por el Ayuntamiento Pleno en la próxima
sesión que se celebre.
Se ha promulgado la Orden 2848/2005, de 27 de Mayo, del Consejero de
Educación, por la que se establecen las bases reguladoras de
las subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para el equipamiento
de Escuelas Municipales de Música y Danza, y teniendo en cuenta
las necesidades que se van generando en Paracuellos de Jarama, cree
que es adecuado acogerse a la misma.
Se acuerda Solicitar la subvención al Consejero de Educación
de la Comunidad de Madrid, para la dotación de equipamiento musical
y de danza con destino a la Escuela Municipal de Paracllellos de Jarama
en base a la Orden 2848/2005, de 27 de Mayo, del Consejero de Edllcación,
por importe de 6.009,81 euros, en base al punto 1 del artículo
l de la citada Orden, para cubrir y ampliar la oferta básica
de formación de la Escuela y; 766,28 euros en base al punto 2
del artículo 1 de la citada Orden, para posibilitar la implantación
de especialidades de difícil implantación.
Como todos los años por parte de la Asociación de Padres
de Alumnos se ha solicitado subvención para la organización
de los campamentos urbanos del mes de julio. Estudiada dicha petición
la Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Conceder a la Asociación
de Padres de Alumnos del Colegio Virgen de la Ribera, una subvención
por importe del 50%, por alumno y quincena del coste total de la actividad,
para la realización del campamento urbano en el mes de julio.
Conceder a la Asociación Cultural Haleku, una subvención
por importe de 3.000,00 euros para los campamentos de verano que realizan
todos los años.
Aprobar el gasto de los tiquets de autobús a favor de JA por
desplazamiento al campo de fútbol" La Veguilla"
Aprobar el gasto del autobús para la Asociación de Mujeres
Aula Cultural de la Ilusión por impol1e de 750,00 euros más
IVA para el viaje cultural que van a realizar a Sanabria.
Y no habiendo más asuntos que tratar por orden de la Presidencia
se levanta la
sesión, siendo las doce horas.


