Archivo cronológico de Juntas de Gobierno
02 noviembre 2005
Aprobación si procede de facturas:
Este punto se transcribe intacto (exceptuando nombres de personas físicas).
1° AEG, anticipo de caja para gastos de parking, 20,00 euros.
2° Bocam, pago de anuncio, 66,15 euros.
3° Bocam, pago de anuncio, 212,09 euros.
4° Bocam, pago de anuncio, 62,11 euros.
5° Bocam, pago de anuncio, 73,44 euros.
5° Bocam, pago de anuncio, 51,09 euros.
6° Bocam, pago de anuncio, 51,09 euros.
7° Bocam; pago de anuncio, 51,09 euros.
8° Bocam, pago de anuncio, 59,71 euros.
9° Bocam, pago de anuncio, 59,71 euros.
10° Bocam, pago de anuncio, 101,74 euros.
11° Bocam, pago de anuncio, 101,74 euros.
12° Bocam, pago de anuncio, 101,74 euros.
13° Bocam, pago de anuncio, 386,60 euros.
14° Bocam, pago de anuncio, 262,72 euros.
15° Bocam, pago de anuncio, 583,88 euros.
16° Bocam, pago de anuncio, 205,24 euros.
17° Mondo, reparación marcador polideportivo, 689,62 euros.
18° AGS Distribuciones, material oficina, 442,29 euros.
19° AGS Distribuciones, reparación de la destructora de papel,
304,52 euros.
20° Correos y Telégrafos, pago de franqueo concertado, 1.085,05
euros.
21º Correos y Telégrafos, pago de franqueo concertado, 1.383,41
euros.
22° Multicopy, toner para Secretaria, 501,96 euros.
23° MGJ, suministro e instalación caldera en Colegio
Virgen de la Ribera, 12.225,95 euros.
24° Talleres Maria Esther Escribano Navas, instalación
de cerramiento con rejas en colegio y guardería municipal 10.875,92
euros.
25° Asepeyo, contrato de prevención y vigilancia de salud,
1.644,74 euros.
26° XXX, clases de música mes de octubre 1.097,50 euros.
27° XXX, clases de música mes de octubre 702,72 euros.
28° XXX, clases de música mes de octubre 264,00 euros.
29° XXX, clases de música mes de octubre, 1.561,33 euros.
30° XXX, clases de música mes de octubre, 1.561,33 euros.
31° XXX, clases de música mes de octubre, 2.000,00 euros.
32° XXX, clases de música mes de octubre, 1.054,00 euros.
33° Degacar Servicios, reparación vehículo municipal,
10,00 euros.
34° Sisalca Sistem S.L.L., facturación copias, fotocopiadora
despacho oposición, 18,04 euros.
35° Serotel S.A., fotocopias de planos, 60,67 euros.
36° Multicopy, suministro de toner para la fotocopiadora de registro,
501,96 euros.
37° AGS Distribuciones, material de oficina, 523,53 euros.
38° AGS Distribuciones, material de oficina, 15,20 euros.
39° Multicopy, facturación copias fotocopiadora de Secretaria,
92,80 euros.
40° AGS Distribuciones, material de oficina, 911,47 euros.
41° AGS Distribuciones, material de oficina, 133,91 euros.
42° Clesa S.A., alimentos para la Escuela Infantil, 44,66 euros.
43° Clesa S.A., leche para la Escuela Infantil, 5,39 euros.
44° AGS Distribuciones, material de oficina, 81,68 euros.
45° AGS Distribuciones, material de oficina, 72,67 euros.
46° AGS Distribuciones, material de oficina, 465,00 euros.
47° AGS Distribuciones, material de oficina, 426,50 euros.
48° Multicopy, facturación copias fotocopiadora, 386,28 euros.
Aprobación si procede de expedientes de obras actividades e instancias presentadas:
En este punto se aprueban/deniegan/justifican: licencias de obra, licencias de ocupación, instalacion de industrias, comerciales, placas de vado permanente, exención de impuestos, solicitud de licencia de empleados municipales, etc. Esta información no se detallará, a no ser que sean de interés general.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Desarrollos
Inmobiliarios Plurales. S.L., y en la que solicita licencia municipal
de obra para la construcción de 8 viviendas unifamiliares adosadas
(ampliación del proyecto de 24 viviendas unifamiliares adosadas
expte 019/04) en el Sector 04, manzana UH-01, parcelas R13 a R16 y R31
a R34 del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos
de Jarama de 2 de agosto de 2001, acompañando proyecto y presupuesto.
Expediente 017/05.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico
y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea.
Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción
la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la
condición legal de la observancia del plazo de un año
para iniciar las obras y tres años para terminación de
éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas
de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no
superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada
antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo
y para la finalización de las obras, siempre que la licencia,
sea conforme con la ordenación urbanística vigente en
el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la
altura máxima de la edificación no exceda de 14 m., de
acuerdo con la autorización que se ha recibido del Ministerio
de Fomento, Dirección General de Aviación Civil. Las plazas
de aparcamiento que se establecen como obligatorias son inseparables
de las edificaciones.
También se aprobó el importe de la liquidación
provisional de la tasa que asciende a la cantidad de 21.070,90.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa
Inmobiliaria S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para
la construcción de 24 viviendas unifamiliares tipo M-6A y M-
6B en el Sector 04, manzana UA-02, parcelas R1 a R24 del Plan
General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de
agosto de 2001, acompañando proyecto y presupuesto. Expediente
018/05.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico
y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea.
Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción
la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la
condición legal de la observancia del plazo de un año
para iniciar las obras y tres años para terminación de
éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas
de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no
superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada
antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo
y para la finalización de las obras, siempre que la licencia,
sea conforme con la ordenación urbanística vigente en
el momento de su otorgamiento.
Asimismo la licencia quedará condicionada a la obtención
de la licencia de apertura de las instalaciones generales del edificio.
Las plazas de aparcamiento que se establecen como obligatorias son inseparables
de las edificaciones. También se aprobó el importe de
la liquidación provisional de la tasa que asciende a la cantidad
de 79.690,38 euros.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa
Inmobiliaria S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para
la construcción de 14 viviendas unifamiliares tipo M-6A en el
Sector 09, manzana UA-08, parcelas R1 a R14 del Plan General
de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de agosto
de 2001, acompañando proyecto y presupuesto. Expediente 023/05.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico
y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea.
Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción
la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la
condición legal de la observancia del plazo de un año
para iniciar las obras y tres años para terminación de
éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas
de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no
superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada
antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo
y para la finalización de las obras, siempre que la licencia,
sea conforme con la ordenación urbanística vigente en
el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la
altura máxima de la edificación no exceda de 10 m., de
acuerdo con la autorización que se ha recibido del Ministerio
de Fomento, Dirección General de Aviación Civil.
Asimismo la licencia quedará condicionada a la obtención
de la licencia de apertura de las instalaciones generales del edificio.
Las plazas de aparcamiento que se establecen como obligatorias son inseparables
de las edificaciones. También se aprobó el importe de
la liquidación provisional de la tasa que asciende a la cantidad
de 41.989,08 euros.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa
Inmobiliaria S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para
la construcción de 4 viviendas unifamiliares tipo M-6A en el
Sector 09, manzana UA-03, parcelas R5 a R8 del Plan General
de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de agosto
de 2001, acompañando proyecto y presupuesto. Expediente 077/04.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico
y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea.
Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción
la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la
condición legal de la observancia del plazo de un año
para iniciar las obras y tres años para terminación de
éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas
de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no
superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada
antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo
y para la finalización de las obras, siempre que la licencia,
sea conforme con la ordenación urbanística vigente en
el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la
altura máxima de la edificación no exceda de 8 m., de
acuerdo con la autorización que se ha recibido del Ministerio
de Fomento, Dirección General de Aviación Civil.
Asimismo la licencia quedará condicionada a la obtención
de la licencia de apertura de las instalaciones generales del edificio.
Las plazas de aparcamiento que se establecen como obligatorias son inseparables
de las edificaciones. También se aprobó el importe de
la liquidación provisional de la tasa que asciende a la cantidad
de 12.053,97 euros.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa
Inmobiliaria S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para
la construcción de 9 viviendas unifamiliares tipo M-4; M-5cb
y M-6B en el Sector 04, manzana UA-03, parcelas R2 a R5 y R26 a R30
del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos
de Jarama de 2 de agosto de 2001, acompañando proyecto y presupuesto.
Expediente 011/05.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico
y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea.
Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción
la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la
condición legal de la observancia del plazo de un año
para iniciar las obras y tres años para terminación de
éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas
de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no
superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada
antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo
y para la finalización de las obras, siempre que la licencia,
sea conforme con la ordenación urbanística vigente en
el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la
altura máxima de la edificación no exceda de 16 m., de
acuerdo con la autorización que se ha recibido del Ministerio
de Fomento, Dirección General de Aviación Civil.
Asimismo la licencia quedará condicionada a la obtención
de la licencia de apertura de las instalaciones generales del edificio.
Las plazas de aparcamiento que se establecen como obligatorias son inseparables
de las edificaciones. También se aprobó el importe de
la liquidación provisional de la tasa que asciende a la cantidad
de 22.624,44 euros.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Desarrollos
Doble Al S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para
la construcción de 32 viviendas unifamiliares adosadas, en el
Sector 10, manzana UH-01, parcelas R1 a R16 y R32 a R47 del
Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama de
2 de agosto de 2001, acompañando proyecto y presupuesto. Expediente
005/05.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico
y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea.
Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción
la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la
condición legal de la observancia del plazo de un año
para iniciar las obras y tres años para terminación de
éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas
de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no
superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada
antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo
y para la finalización de las obras, siempre que la licencia,
sea conforme con la ordenación urbanística vigente en
el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la
altura máxima de la edificación no exceda de 12 m., de
acuerdo con la autorización que se ha recibido del Ministerio
de Fomento, Dirección General de Aviación Civil. Las plazas
de aparcamiento que se establecen como obligatorias son inseparables
de las edificaciones.
También se aprobó el importe de la liquidación
provisional de la tasa que asciende a la cantidad de 93.800,36 euros.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Gestión
Agesul S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para la
construcción de edificio de 50 viviendas, garajes, y trasteros
en el Sector 07, parcela BA-03 del Plan General de Ordenación
Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de agosto de 2001, acompañando
proyecto y presupuesto. Expediente 035/04.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico
y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea.
Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción
la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la
condición legal de la observancia del plazo de un año
para iniciar las obras y tres años para terminación de
éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas
de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no
superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada
antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo
y para la finalización de las obras, siempre que la licencia,
sea conforme con la ordenación urbanística vigente en
el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la
altura máxima de la edificación no exceda de 17 m, y la
de la grúa no exceda de 28 m , de acuerdo con la autorización
que se ha recibido del Ministerio de Fomento, Dirección General
de Aviación Civil.
Asimismo la licencia quedará condicionada a la obtención
de la licencia de apertura de las instalaciones generales del edificio.
Las plazas de aparcamiento, en este caso 61, que se establecen como
obligatorias son inseparables de las edificaciones.
Asimismo la licencia está condicionada a la prohibición
del uso de colores fuertes, brillantes y chillones para las carpinterías
y persianas.
Asimismo se aprobó el importe de la liquidación provisional
de la tasa que asciende a la cantidad de 88.817,00 euros.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Parque
Jarama S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para la
construcción de edificio de 50 viviendas, garajes, trasteros
y piscina en el Sector 09, parcela BA-03 del Plan General de
Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de agosto de
2001, acompañando proyecto y presupuesto. Expediente 003/05.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico
y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea.
Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción
la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la
condición legal de la observancia del plazo de un año
para iniciar las obras y tres años para terminación de
éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas
de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no
superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada
antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo
y para la finalización de las obras, siempre que la licencia,
sea conforme con la ordenación urbanística vigente en
el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la
altura máxima de la edificación no exceda de 19 m, y la
de la grúa no exceda de 24 m , de acuerdo con la autorización
que se ha recibido del Ministerio de Fomento, Dirección General
de Aviación Civil.
Asimismo la licencia quedará condicionada a la obtención
de la licencia de apertura de las instalaciones generales del edificio.
Las plazas de aparcamiento, en este caso 51, que se establecen como
obligatorias son inseparables de las edificaciones.
Asimismo se aprobó el importe de la liquidación provisional
de la tasa que asciende a la cantidad de 108.330,00 euros.
En el siguiente asunto no interviene el Concejal D. Pedro Antonio
Mesa Moreno, por tener interés directo, de acuerdo a lo establecido
en el ROF. (porque tiene intereses
en dicha empresa y no debería ser así, dado su cargo de
Concejal de obras)
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Pozo Valeria
S.L., y en la que solicita licencia municipal de obras para construcción
de diez viviendas unifamiliares en las parcelas números 1, 2,
3, 4, 5, 45, 46, 47, 48 y 49 de la AD-1 1 de esta localidad, acompañando
proyecto y presupuesto.
La Junta de Gobierno Local a la vista del informe favorable emitido
por el Arquitecto Municipal, por unanimidad acuerda: Conceder a Pozo
Valeria S.L., licencia municipal de obras, imponiéndole además
de las condiciones generales de construcción la especial de que
la presente licencia se entiende otorgada bajo la condición legal
de la observancia del plazo de un año para iniciar las obras
y tres años para terminación de éstas. También
se aprobó el importe de los derechos a abonar que asciende a
la cantidad de 16.355,70 euros.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa
Inmobiliaria S.A., relativa a la instalación de un garaje aparcamiento
en la parcela BAO1 del Sector 2, de esta localidad.
La Junta de Gobierno Local en base a las competencias que le ha atribuido
la Ley 2/2002 de 19 de Junio de la Comunidad de Madrid, por unanimidad
acuerda: Aprobar el informe de evaluación ambiental emitido por
el Técnico Municipal relativo a la instalación de un garaje
aparcamiento en la parcela BAO1 del Sector 2 de esta localidad, propiedad
de Hercesa Inmobiliaria S.A.
Asuntos varios:
Aqui también resumimos/omitimos algunos puntos que se refieren a personas concretas, pero mantenemos siempre los temas que correspondan a gastos municipales.
La Junta de Gobierno Local
por unanimidad acuerda
Se ha recibido por parte del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad
de Madrid, Resolución por la que se concede la subvención
para la prórroga del contrato de los dos agentes de empleo
y desarrollo local existentes en la actualidad, por lo que
hay que proceder a la consiguiente prórroga de los contratos
de trabajo respectivos.Se acuerda: Prorrogar los contratos de trabajo
suscritos con XXX y XXX Ortega por un periodo de un año.
1° Ceder el derecho de superficie de la parcela EQ01 del
Sector 3 del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos
de Jarama, propiedad municipal a la Comunidad de Madrid para la construcción
de un centro concertado de educación infantil y primaria de 6
+ 12 + C + G en el municipio por un plazo de 75 años,
no existiendo inconveniente en que tal derecho de superficie se traspase
a terceros incoando el correspondiente expediente para la constitución
de este derecho en el solar de referencia.
2° Elevar este acuerdo así como el expediente que se tramite
para llevar a cabo el mismo al Ayuntamiento Pleno para su ratificación.
Por último la Junta de Gobierno Local aprobó las siguientes
facturas presentadas por el Taller de Empleo Paraje La Galiana, siendo
las siguientes:
1° MEC, anticipo para gastos varios del taller de empleo, 600,00
euros.
2° MEC, anticipo de caja para gastos del taller de empleo, por importe
de 1.300,00 euros.
Y no habiendo mas asuntos que tratar por orden de la presidencia se
levanta la sesión, siendo las once horas y cuarenta minutos.


