Jarama Directo
El nuevo partido político de Paracuellos del Jarama

Promotor de la Democracia Directa

Archivo cronológico de Juntas de Gobierno

 

02 noviembre  2005

Aprobación si procede de facturas:

Este punto se transcribe intacto (exceptuando nombres de personas físicas).


1° AEG, anticipo de caja para gastos de parking, 20,00 euros.
2° Bocam, pago de anuncio, 66,15 euros.
3° Bocam, pago de anuncio, 212,09 euros.
4° Bocam, pago de anuncio, 62,11 euros.
5° Bocam, pago de anuncio, 73,44 euros.
5° Bocam, pago de anuncio, 51,09 euros.
6° Bocam, pago de anuncio, 51,09 euros.
7° Bocam; pago de anuncio, 51,09 euros.
8° Bocam, pago de anuncio, 59,71 euros.
9° Bocam, pago de anuncio, 59,71 euros.
10° Bocam, pago de anuncio, 101,74 euros.
11° Bocam, pago de anuncio, 101,74 euros.
12° Bocam, pago de anuncio, 101,74 euros.
13° Bocam, pago de anuncio, 386,60 euros.
14° Bocam, pago de anuncio, 262,72 euros.
15° Bocam, pago de anuncio, 583,88 euros.
16° Bocam, pago de anuncio, 205,24 euros.
17° Mondo, reparación marcador polideportivo, 689,62 euros.
18° AGS Distribuciones, material oficina, 442,29 euros.
19° AGS Distribuciones, reparación de la destructora de papel, 304,52 euros.
20° Correos y Telégrafos, pago de franqueo concertado, 1.085,05 euros.
21º Correos y Telégrafos, pago de franqueo concertado, 1.383,41 euros.
22° Multicopy, toner para Secretaria, 501,96 euros.
23° MGJ, suministro e instalación caldera en Colegio Virgen de la Ribera, 12.225,95 euros.
24° Talleres Maria Esther Escribano Navas, instalación de cerramiento con rejas en colegio y guardería municipal 10.875,92 euros.
25° Asepeyo, contrato de prevención y vigilancia de salud, 1.644,74 euros.
26° XXX, clases de música mes de octubre 1.097,50 euros.
27° XXX, clases de música mes de octubre 702,72 euros.
28° XXX, clases de música mes de octubre 264,00 euros.
29° XXX, clases de música mes de octubre, 1.561,33 euros.
30° XXX, clases de música mes de octubre, 1.561,33 euros.
31° XXX, clases de música mes de octubre, 2.000,00 euros.
32° XXX, clases de música mes de octubre, 1.054,00 euros.
33° Degacar Servicios, reparación vehículo municipal, 10,00 euros.
34° Sisalca Sistem S.L.L., facturación copias, fotocopiadora despacho oposición, 18,04 euros.
35° Serotel S.A., fotocopias de planos, 60,67 euros.
36° Multicopy, suministro de toner para la fotocopiadora de registro, 501,96 euros.
37° AGS Distribuciones, material de oficina, 523,53 euros.
38° AGS Distribuciones, material de oficina, 15,20 euros.
39° Multicopy, facturación copias fotocopiadora de Secretaria, 92,80 euros.
40° AGS Distribuciones, material de oficina, 911,47 euros.
41° AGS Distribuciones, material de oficina, 133,91 euros.
42° Clesa S.A., alimentos para la Escuela Infantil, 44,66 euros.
43° Clesa S.A., leche para la Escuela Infantil, 5,39 euros.
44° AGS Distribuciones, material de oficina, 81,68 euros.
45° AGS Distribuciones, material de oficina, 72,67 euros.
46° AGS Distribuciones, material de oficina, 465,00 euros.
47° AGS Distribuciones, material de oficina, 426,50 euros.
48° Multicopy, facturación copias fotocopiadora, 386,28 euros.


Aprobación si procede de expedientes de obras actividades e instancias presentadas:

En este punto se aprueban/deniegan/justifican: licencias de obra, licencias de ocupación, instalacion de industrias, comerciales, placas de vado permanente, exención de impuestos, solicitud de licencia de empleados municipales, etc. Esta información no se detallará, a no ser que sean de interés general.


Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Desarrollos Inmobiliarios Plurales. S.L., y en la que solicita licencia municipal de obra para la construcción de 8 viviendas unifamiliares adosadas (ampliación del proyecto de 24 viviendas unifamiliares adosadas expte 019/04) en el Sector 04, manzana UH-01, parcelas R13 a R16 y R31 a R34 del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de agosto de 2001, acompañando proyecto y presupuesto. Expediente 017/05.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea. Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la condición legal de la observancia del plazo de un año para iniciar las obras y tres años para terminación de éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo y para la finalización de las obras, siempre que la licencia, sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la altura máxima de la edificación no exceda de 14 m., de acuerdo con la autorización que se ha recibido del Ministerio de Fomento, Dirección General de Aviación Civil. Las plazas de aparcamiento que se establecen como obligatorias son inseparables de las edificaciones.
También se aprobó el importe de la liquidación provisional de la tasa que asciende a la cantidad de 21.070,90.

Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa Inmobiliaria S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para la construcción de 24 viviendas unifamiliares tipo M-6A y M- 6B en el Sector 04, manzana UA-02, parcelas R1 a R24 del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de agosto de 2001, acompañando proyecto y presupuesto. Expediente 018/05.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea. Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la condición legal de la observancia del plazo de un año para iniciar las obras y tres años para terminación de éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo y para la finalización de las obras, siempre que la licencia, sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de su otorgamiento.
Asimismo la licencia quedará condicionada a la obtención de la licencia de apertura de las instalaciones generales del edificio. Las plazas de aparcamiento que se establecen como obligatorias son inseparables de las edificaciones. También se aprobó el importe de la liquidación provisional de la tasa que asciende a la cantidad de 79.690,38 euros.

Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa Inmobiliaria S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para la construcción de 14 viviendas unifamiliares tipo M-6A en el Sector 09, manzana UA-08, parcelas R1 a R14 del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de agosto de 2001, acompañando proyecto y presupuesto. Expediente 023/05.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea. Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la condición legal de la observancia del plazo de un año para iniciar las obras y tres años para terminación de éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo y para la finalización de las obras, siempre que la licencia, sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la altura máxima de la edificación no exceda de 10 m., de acuerdo con la autorización que se ha recibido del Ministerio de Fomento, Dirección General de Aviación Civil.
Asimismo la licencia quedará condicionada a la obtención de la licencia de apertura de las instalaciones generales del edificio. Las plazas de aparcamiento que se establecen como obligatorias son inseparables de las edificaciones. También se aprobó el importe de la liquidación provisional de la tasa que asciende a la cantidad de 41.989,08 euros.

Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa Inmobiliaria S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para la construcción de 4 viviendas unifamiliares tipo M-6A en el Sector 09, manzana UA-03, parcelas R5 a R8 del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de agosto de 2001, acompañando proyecto y presupuesto. Expediente 077/04.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea. Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la condición legal de la observancia del plazo de un año para iniciar las obras y tres años para terminación de éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo y para la finalización de las obras, siempre que la licencia, sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la altura máxima de la edificación no exceda de 8 m., de acuerdo con la autorización que se ha recibido del Ministerio de Fomento, Dirección General de Aviación Civil.
Asimismo la licencia quedará condicionada a la obtención de la licencia de apertura de las instalaciones generales del edificio. Las plazas de aparcamiento que se establecen como obligatorias son inseparables de las edificaciones. También se aprobó el importe de la liquidación provisional de la tasa que asciende a la cantidad de 12.053,97 euros.

Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa Inmobiliaria S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para la construcción de 9 viviendas unifamiliares tipo M-4; M-5cb y M-6B en el Sector 04, manzana UA-03, parcelas R2 a R5 y R26 a R30 del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de agosto de 2001, acompañando proyecto y presupuesto. Expediente 011/05.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea. Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la condición legal de la observancia del plazo de un año para iniciar las obras y tres años para terminación de éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo y para la finalización de las obras, siempre que la licencia, sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la altura máxima de la edificación no exceda de 16 m., de acuerdo con la autorización que se ha recibido del Ministerio de Fomento, Dirección General de Aviación Civil.
Asimismo la licencia quedará condicionada a la obtención de la licencia de apertura de las instalaciones generales del edificio. Las plazas de aparcamiento que se establecen como obligatorias son inseparables de las edificaciones. También se aprobó el importe de la liquidación provisional de la tasa que asciende a la cantidad de 22.624,44 euros.

Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Desarrollos Doble Al S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para la construcción de 32 viviendas unifamiliares adosadas, en el Sector 10, manzana UH-01, parcelas R1 a R16 y R32 a R47 del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de agosto de 2001, acompañando proyecto y presupuesto. Expediente 005/05.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea. Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la condición legal de la observancia del plazo de un año para iniciar las obras y tres años para terminación de éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo y para la finalización de las obras, siempre que la licencia, sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la altura máxima de la edificación no exceda de 12 m., de acuerdo con la autorización que se ha recibido del Ministerio de Fomento, Dirección General de Aviación Civil. Las plazas de aparcamiento que se establecen como obligatorias son inseparables de las edificaciones.
También se aprobó el importe de la liquidación provisional de la tasa que asciende a la cantidad de 93.800,36 euros.

Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Gestión Agesul S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para la construcción de edificio de 50 viviendas, garajes, y trasteros en el Sector 07, parcela BA-03 del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de agosto de 2001, acompañando proyecto y presupuesto. Expediente 035/04.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea. Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la condición legal de la observancia del plazo de un año para iniciar las obras y tres años para terminación de éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo y para la finalización de las obras, siempre que la licencia, sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la altura máxima de la edificación no exceda de 17 m, y la de la grúa no exceda de 28 m , de acuerdo con la autorización que se ha recibido del Ministerio de Fomento, Dirección General de Aviación Civil.
Asimismo la licencia quedará condicionada a la obtención de la licencia de apertura de las instalaciones generales del edificio. Las plazas de aparcamiento, en este caso 61, que se establecen como obligatorias son inseparables de las edificaciones.
Asimismo la licencia está condicionada a la prohibición del uso de colores fuertes, brillantes y chillones para las carpinterías y persianas.
Asimismo se aprobó el importe de la liquidación provisional de la tasa que asciende a la cantidad de 88.817,00 euros.

Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Parque Jarama S.A., y en la que solicita licencia municipal de obra para la construcción de edificio de 50 viviendas, garajes, trasteros y piscina en el Sector 09, parcela BA-03 del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de agosto de 2001, acompañando proyecto y presupuesto. Expediente 003/05.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los informes técnico y jurídico acuerda: Conceder licencia municipal de obra simultanea. Imponiéndole además de las condiciones generales de construcción la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la condición legal de la observancia del plazo de un año para iniciar las obras y tres años para terminación de éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo y para la finalización de las obras, siempre que la licencia, sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de su otorgamiento.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la altura máxima de la edificación no exceda de 19 m, y la de la grúa no exceda de 24 m , de acuerdo con la autorización que se ha recibido del Ministerio de Fomento, Dirección General de Aviación Civil.
Asimismo la licencia quedará condicionada a la obtención de la licencia de apertura de las instalaciones generales del edificio. Las plazas de aparcamiento, en este caso 51, que se establecen como obligatorias son inseparables de las edificaciones.
Asimismo se aprobó el importe de la liquidación provisional de la tasa que asciende a la cantidad de 108.330,00 euros.

En el siguiente asunto no interviene el Concejal D. Pedro Antonio Mesa Moreno, por tener interés directo, de acuerdo a lo establecido en el ROF. (porque tiene intereses en dicha empresa y no debería ser así, dado su cargo de Concejal de obras)
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Pozo Valeria S.L., y en la que solicita licencia municipal de obras para construcción de diez viviendas unifamiliares en las parcelas números 1, 2, 3, 4, 5, 45, 46, 47, 48 y 49 de la AD-1 1 de esta localidad, acompañando proyecto y presupuesto.
La Junta de Gobierno Local a la vista del informe favorable emitido por el Arquitecto Municipal, por unanimidad acuerda: Conceder a Pozo Valeria S.L., licencia municipal de obras, imponiéndole además de las condiciones generales de construcción la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la condición legal de la observancia del plazo de un año para iniciar las obras y tres años para terminación de éstas. También se aprobó el importe de los derechos a abonar que asciende a la cantidad de 16.355,70 euros.

Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa Inmobiliaria S.A., relativa a la instalación de un garaje aparcamiento en la parcela BAO1 del Sector 2, de esta localidad.
La Junta de Gobierno Local en base a las competencias que le ha atribuido la Ley 2/2002 de 19 de Junio de la Comunidad de Madrid, por unanimidad acuerda: Aprobar el informe de evaluación ambiental emitido por el Técnico Municipal relativo a la instalación de un garaje aparcamiento en la parcela BAO1 del Sector 2 de esta localidad, propiedad de Hercesa Inmobiliaria S.A.

Asuntos varios:

Aqui también resumimos/omitimos algunos puntos que se refieren a personas concretas, pero mantenemos siempre los temas que correspondan a gastos municipales.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda

Se ha recibido por parte del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, Resolución por la que se concede la subvención para la prórroga del contrato de los dos agentes de empleo y desarrollo local existentes en la actualidad, por lo que hay que proceder a la consiguiente prórroga de los contratos de trabajo respectivos.Se acuerda: Prorrogar los contratos de trabajo suscritos con XXX y XXX Ortega por un periodo de un año.

Ceder el derecho de superficie de la parcela EQ01 del Sector 3 del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama, propiedad municipal a la Comunidad de Madrid para la construcción de un centro concertado de educación infantil y primaria de 6 + 12 + C + G en el municipio por un plazo de 75 años, no existiendo inconveniente en que tal derecho de superficie se traspase a terceros incoando el correspondiente expediente para la constitución de este derecho en el solar de referencia.
2° Elevar este acuerdo así como el expediente que se tramite para llevar a cabo el mismo al Ayuntamiento Pleno para su ratificación.

Por último la Junta de Gobierno Local aprobó las siguientes facturas presentadas por el Taller de Empleo Paraje La Galiana, siendo las siguientes:
1° MEC, anticipo para gastos varios del taller de empleo, 600,00 euros.
2° MEC, anticipo de caja para gastos del taller de empleo, por importe de 1.300,00 euros.

Y no habiendo mas asuntos que tratar por orden de la presidencia se levanta la sesión, siendo las once horas y cuarenta minutos.