Archivo cronológico de Juntas de Gobierno
7 octubre 2005
Aprobación si procede de facturas:
Este punto se transcribe intacto (exceptuando nombres de personas físicas).
No hay facturas en esta comisión.
Aprobación si procede de expedientes de obras actividades e instancias presentadas:
En este punto se aprueban/deniegan/justifican: licencias de obra, licencias de ocupación, instalacion de industrias, comerciales, placas de vado permanente, exención de impuestos, solicitud de licencia de empleados municipales, etc. Esta información no se detallará, a no ser que sean de interés general.
Seguidamente se dio lectura
a la instancia presentada por Área de Servicio Las Monjas, S.A.
en la que solicitan calificación urbanística para la
instalación de una estación de servicio en la M-l15 P.K.
3,450; en la zona sur del término, entre M-115 y vía pecuaria.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda:
1 ° Remitir el informe emitido por la Arquitecta Municipal y el
expediente y que dice así: "Se presenta a trámite
la instalación de una Estación de Servicio en la carretera
M-115 P.K. 3,450, M.D. incluyendo copias de la siguiente documentación:
- Levantamiento topográfiéo, proyecto de acceso a futura
estación de servicio.
- Informe de la Dirección General de Carreteras, Servicio de
Explotación sobre el ingreso de tasa y fianza para apertura de
acceso a la glorieta existente en el p.k. 3,400 de la carretera M- 115.
- Aval para responder por la apertura de acceso a la glorieta existente
en P .K. 3,400 de la carretera M-115.
- Resguardo de ingreso a favor de titular desconocido de 70,70E
- Resguardo de garantía en aval emitido por el Servicio de Caja
Dirección General de Política Financiera y Tesorería
de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid para la
finalidad del permiso de obras de apertura de acceso a la glorieta existente
en le pk 3,400 de la carretera M-115.
- Proyecto de impacto ambiental modalidad abreviada de la
estación de servicio, escrituras de propiedad, copia de los recibos
de IBI de rústica de varias parcelas.
- Presentación ante la Consejería de Medio Ambiente y
Ordenación del Territorio del proyecto de impacto ambiental.
- Informe de la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental sobre el procedimiento de evaluación de Impacto Ambiental
Abreviado
- Escrituras de opción de derecho de superficie y de adquisición
de derecho de superficie
Además respecto a este expediente se ha recibido con RE 4097
de 23/0S/05 por parte de la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental, la comunicación del sometimiento a información
pública el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Estación
de Servicio en parcela n° xx polígono 6 promovido por Área
de Servicio Las Monjas S.A.
No se presenta ningún documento específico para la tramitación
de la calificación urbanística pero de la documentación
presentada se desprende la intención de actuación sobre
una superficie de 4.000m2 dentro de una parcela de 14.507m2
El diseño consiste en un área de suministro con
tres isletas con un aparato surtidor por isleta que se cubrirá
con una marquesina en una superficie de 375m2, con estructura constituida
por tres pilares y vigas soldadas y con altura a la parte inferior de
la marquesina de 5,20m. La cubierta será principalmente de chapa
grecada normalizada lacada en su cara exterior galvanizada en su cara
interior y contará con una pendiente hacia el pilar del 1 %.
Además de la instalación descrita en el párrafo
anterior se pretende instalar un punto de pago de 154m2 de superficie
construida, de forma rectangular que albergará en su interior
el punto de pago, tienda - control, cuadros eléctricos
y aseos y vestuarios. La altura total de este edificio desde
la cota de la acera es de 4,25m.
También se incluyen cuatro depósitos de combustible
de doble pared acero - acero de 30.000 litros de capacidad
cada uno que se instalarán enterrados en un foso dentro de los
límites del solar.
Estas instalaciones se complementan con las instalaciones mecánicas,
poste de aire/agua servicios para protección contraincendios,
instalación eléctrica pavimentación y urbanización,
zona ajardinada, aparcamiento, instalación de lavado de vehículos
(con un puente de lavado, boxes de lavado y una recicladora).
La imagen exterior es la imagen corporativa de la compañía
petrolera y estará constituida por chapas prelacadas en los colores
identificativos de la compañía adosadas mediante anclajes
adecuados a la marquesina revistiéndola totalmente. Se proyecta
también un monolito identificativo y anunciante de servicios
y precios que estará ubicado en la zona más próxima
a la rotonda de la M-115. Consta de una estructura metálica en
forma de prisma, de dimensiones en base 2,50m x O,5Om y una altura de
unos 4,50m. Estará recubierto de material de chapa prelacada
con los colores distintivos de la compañía petrolera.
El saneamiento se resuelve en el proyecto con una conexión a
tubería existente, probablemente fuera del término municipal
de Paracuellos de Jarama, de diámetro 400mm.
El punto de conexión a la red eléctrica es mediante conducción
aparentemente a través de la Cañada Real Galiana y posteriormente
por un camino perpendicular a la misma en el término de Torrejón.
La conexión a la red de abastecimiento es a través de
conducción a lo largo de la Cañada Real Galiana hasta
la rotonda de la M-115 donde engancha con red existente en el término
municipal de Torrejón.
Respecto a los suelos sobre los que se ubica, existen discrepancias
en la documentación presentada. Se presentan recibos de IBI correspondientes
a varias fincas de las cuales sólo una de ellas, la número
xx del polígono 6 de rústica, se corresponde con la zona
donde se piensa ubicar la estación de servicio. La zona grafiada
en el levantamiento topográfico incluye también al menos
la parcela xx del polígono 6 de rústica sobre la que no
se presenta documentación. En el documento del estudio ambiental
se marca claramente la parcela xx del polígono 6 de rústica
y es sobre la misma sobre la que se realiza el presente informe.
La parcela número xx del Polígono 6 de rústica
se encuentra clasificada por el Plan General de Paracuellos de Jarama,
aprobado definitivamente por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Comunidad
de Madrid el 2/08/01 como Suelo No Urbanizable Preservado en su mayor
parte y como Suelo No UrbanizableProtegido.- Vías Pecuarias,
en una franja de unos 75m. al sur de la parcela.
De acuerdo con el arto 9.2.7.B. de las NN.UU. del Plan General, en el
Suelo No Urbanizable Preservado pueden ser legitimados mediante calificación
urbanística los servicios integrados en áreas de servicio
de toda 'clase de carreteras y las instalaciones complementarias al
servicio de la carretera.
El arto 9.2.9.B de las mismas normas, en lo que se refiere a las áreas
de servicio, hay que tener en cuenta las siguientes particularidades:
- Las superficie mínima será de dos mil metros cuadrados
(2.000 m2) - En ningún caso la ocupación de la edificación
cerrada superará el 10% de la superficie total edificable.
- No se edificará a menos de doscientos cincuenta metros
de ninguna otra edificación
- En estaciones de servicio la altura máxima de comisa de las
edificaciones será de siete con cincuenta (7,50 m.), admitiéndose
un máximo de dos plantas. Las marquesinas no podrán superar
una altura máxima de diez metros (10m.)
- La materialización de la actividad neta máxima será
de diez metros cuadraros (10 m2) por cada cien metros cuadrados (100m2.)
de parcela edificable, con un máximo de setecientos cincuenta
metros cuadrados (750 m2) edificados
- La separación a caminos y fincas colindantes será de
cuatro metros (4 m) siendo la separación a la vía a la
que sirve la establecida en la legislación específica
de carre.teras
- Existe obligación de ceder a la administración el 6%
del aprovechamiento urbanístico en forma de canon o el 25% de
la superficie de los terrenos
- Se establecerán pantallas vegetales y planes de reforestación
según la importancia de la actividad y si ésta no supone
un obstáculo para el servIcIO.
Respecto al régimen urbanístico del suelo, dado que el
Plan General de Paracuellos no está adaptado a la Ley 9/2001
del Suelo de la Comunidad de Madrid, se aplica su disposición
transitoria primera. Según la que suscribe, el caso que nos ocupa
se encuentra dentro del apartado c) de dicha disposición y, por
tanto, le es de aplicación el régimen establecido en esa
Ley para el Suelo Urbanizable No Sectorizado.
El artículo 26 de la citada ley, determina que en el Suelo Urbanizable
No Sectorizado, en los términos que proponga el planeamiento
urbanístico y, en su caso, el planeamiento territorial, podrá
legitimarse, mediante previa calificación urbanística,
la realización de las construcciones, edificaciones e instalaciones
de carácter de infraestructuras, que comprende las instalaciones
de carácter temporal o permanente para la prestación de
servicios relacionados con el transporte por cualquier medio de personas
y mercancías. La calificación urbanística no requiere
cambio en la categoría de suelo.
Se hace la observación de que dentro de los derechos de la propiedad
en suelo urbanizable sectorizado, según el artículo 21
de la Ley 9/2001, se incluye el derecho a promover la sectorización
de sus terrenos y el derecho a solicitar la implantación de los
usos autorizables. Si bien el uso solicitado es autorizable a la vista
del Plan General y de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, también
hay que considerar que en la misma zona se ha autorizado la
calificación urbanística para una planta de hormigón
y actualmente se encuentra en tramitación la calificación
urbanística de otra estación de servicio en la parcela
13 del polígono 7 que es justamente al oeste de la que ahora
se informa, separada de la misma por el camino de Torrejón. Asimismo,
al sur de estos suelos, y en el término municipal de Torrejón
se ha aprobado un Avance de Plan de Sectorización para la ejecución
de un sector industrial. Todo lo anteriormente señalado, hace
que estos suelos tengan un gran potencial industrial y, por tanto, parezca
razonable plantearse la sectorización de los mismos.
En todo caso deberá remitirse el expediente a la Dirección
General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio, advirtiendo que en caso de que la Corporación
Municipal tenga a bien plantear una sectorización de estos suelos
debería de tramitar previamente un Avance de Plan de Sectorización."
2° Comunicar a la Consejería de Política Territorial
y Medio Ambiente que esta Junta de Gobierno Local no considera conveniente
que mediante calificación urbanística se cree un polígono
industrial al margen del planeamiento en vigor, ya que la vía
lógica para estas actuaciones es hacer una ordenación
adecuada a través de la revisión del Plan General de Ordenación
Urbana, o de una modificación puntual del Plan General.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por el Director
del Taller de Empleo Paraje La Galiana en la que solicita se incluya
en la nómina de octubre de los trabajadores el adelanto correspondiente
al día l de noviembre de 2005, así como cualquier liquidación
o indemnización que procediese por la finalización de
los contratos, porque dicho Taller termina el día 1 de noviembre
de 2005.
La Junta de Gobierno Local, a la vista de que el Taller de Empleo Paraje
La Galiana termina el próximo día 1 de noviembre de 2005,
por unanimidad acuerda: Conceder a D. GS, Director del Taller de Empleo
Paraje La Galiana, el adelanto correspondiente al día 1 de noviembre
de 2005, así como cualquier liquidación o indemnización
que procediese por la finalización de los contratos, y se incluya
en la nómina del mes de octubre de 2005 par todos los trabajadores
del Taller de Empleo.
Asuntos varios:
Aqui también resumimos/omitimos algunos puntos que se refieren a personas concretas, pero mantenemos siempre los temas que correspondan a gastos municipales.
La Junta de Gobierno Local,
por unanimidad acuerda:
Una vez aprobado el Pliego de condiciones administrativas y prescripciones
técnicas para adjudicar el contrato de consultoría y asistencia
para la realización de un proyecto denominado Plan de
marketing y comunicación de Paracuellos de Jarama, tramitado
por procedimiento negociado, hay que proceder a adjudicar el mismo.
: l. Declarar válido el acto de licitación y adjudicar
el contrato de consultoría y asistencia para la realización
de un proyecto denominado Plan de marketing y comunicación de
Paracuellos de Jarama, a Dña. CMR en representación de
la empresa Wakefield España, S.L., por un importe de
11.975,OO E en relación con la Orden 2445/05 de 3 de
junio de la Consejería de Empleo y Mujer
2. Notificar este acuerdo al qué; ha resultado adjudicatario
para que en el p1azo de cinco días hábil~s contados a
partir del siguiente a la notificación de la presente, aporte
documento que acredite la constitución de la garantía
definitiva por importe del 4% del precio de adjudicación, y formalice
el correspondiente contrato administrativo.
3. Facultar a la Concejala Delegada de Industria y Nuevas Tecnologías
para que firme los documentos oportunos para llevar a cabo este acuerdo.
Se ha presentado una relación de precios contradictorios en la
obra de Planta elevadora en la Urbanización Altos de Jarama,
para su aprobación, teniendo en cuenta que cuenta con el informe
favorable de la Dirección Facultativa, y la conformidad de la
Empresa adjudicataria.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Aprobar los
precios contradictorios, números, 1, 2, 3, 4, Y 5, de acuerdo
con los datos que se recogen en el expediente, en la obra de "Planta
elevadora en la urbanización Altos de Jarama",
presentados por la Empresa adjudicataria CIOPSA.
Aprobar la certificación número 2, correspondiente
a las obras de ejecución de planta elevadora en la urbanización
Altos de Jarama", presentada por la Empresa adjudicataria
de dicha obra CIOPSA, por importe de 10.615,04 E.
Se acordó en una Junta de Gobierno Local anterior, aprobar
el presupuesto presentado por la Empresa Dear Lease para la adquisición
de un vehículo a través del sistema de renting, para la
Policía Local de este Ayuntamiento, pero según informe
emitido por este órgano, parece ser que esta oferta no es valida
para coches de la Policía Local, por lo que hay que revocar este
acuerdo.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Revocar el acuerdo
adoptado por esta Junta de Gobierno Local en sesión celebrada
el día el día 26 de Septiembre de 2.005, relativo a la
aprobación del presupuesto presentado por Dear Lease para al
adquisición a través del sistema de renting, de un vehículo
marca Nissan, modelo Pathfinder 2.5 TDI.XE. 5 plazas para el cuerpo
de la Policía Local.
Y no habiendo más asuntos que tratar por orden de la Presidencia
se levanta la sesión, siendo las catorce horas y treinta minutos.


