Archivo cronológico de Juntas de Gobierno
22 diciembre 2006
Aprobación si procede de facturas:
Este punto se transcribe intacto (exceptuando nombres de personas físicas).
1° Iberdrola, facturación
energía electrica mes de octubre y noviembre, 35.082,21 euros.
2° JA (Mercadillo de Variedades), materiales varios para la guardería
calle Ajalvir, 6,40 euros.
3° JA (Mercadillo de Variedades), materiales varios para la guardería
calle Ajalvir, 14,70 euros.
4° JA (Mercadillo de Variedades), materiales varios para la guardería
calle Ajalvir, 9,50 euros.
5° JA (Mercadillo de Variedades), materiales varios para la guardería
calle Ajalvir, 3,00 euros.
6° JA (Mercadillo de Variedades), materiales varios para la Concejalía
de Servicios, 13,90 euros.
7° JA (Mercadillo de Variedades), materiales varios para la Concejalía
de Cultura, 8,65 euros.
8° JA (Mercadillo de Variedades), materiales varios para la limpieza
del cementerio, 17,20 euros.
9° JA (Mercadillo de Variedades), materiales varios para la biblioteca,
63,30 euros.
10° Rufibas S.L., invitación, comida y orquesta para
la Asociación de la Tercera Edad San Nicolas de Bari, 13.514,10
euros.
11° Belair S.l., mantenimiento aire acondicionado 4° trimestre,
ayuntamiento, 370,04 euros.
12° MGMn, librería-papeleria ETC, material de oficina para
el Ayuntamiento, 1.316,50 euros.
13° El Rastrillo Antiguo S.L., adornos navideños para la
escuela infantil calle Ajalvir, 14,00 euros.
14° LAC, gastos de gasolina, 24,00 euros.
15° JAS, gastos de gasolina, 66,79 euros.
16° ICM, por delineación cubrición pista de baloncesto,
247,30 euros.
17° LAC, gastos de gasolina, 24,00 euros.
18° CL, Arquitecto Municipal, gastos yarios, 134,00 euros.
19° Provita Sociedad Cooperativa, trabajos de limpieza en la guardería
calle Ajalvir, 1.757,88 euros.
20° Central de Catering Servi Catering S.L., servicio de catering
en la guardería calle Valencia, 5.346,52 euros.
21º Central de Catering Servi Catering S.L., servicio de auxiliar
de cocina del 16 al 24 noviembre, por improte de 713,69 euros.
22° S. Solis S.A., gestión del servicio de Punto Limpio,
mes noviembre, 4.875,86 euros.
23° Defor S.L., tratamiento de control de plagas mes de diciembre,
832,36 euros.
24° Serotel S.A., fotocopias de planos, 1.027,59 euros.
25° RRF, productos de farmacia para el polideportivo, 367,60 euros.
26° 7 Estrellas Educación y Ocio S.L., clases extraescolares
meses de octubre, noviembre y diciembre, de teatro y baile, Colegio
Virgen de la Ribera, 840,00 euros.
27° 7 Estrellas Educación y Ocio S.L., clases extraescolares
meses de octubre, noviembre y diciembre, ludoteca, Colegio Virgen de
la Ribera, 840,00 euros.
28° 7 Estrellas Educación y Ocio S.L., clases extraescolares
meses de octubre, noviembre y diciembre, {ingles), Colegio Virgen de
la Ribera, 770,00 euros.
29° 7 Estrellas Educación y Ocio S.L., clases extraescolares
meses de octubre, noviembre y diciembre, {Baile Moderno), Colegio Virgen
de la Ribera, 840,00 euros.
30° Acometidas Rodríguez S.L. Acro, limpieza de la red de
alcantarillado, noviembre, 2.400,01 euros.
31° UTE Paracuellos, servicio de recogida de basuras, limpieza viaria
y mantenimiento de jardines, noviembre, 43.725,19 euros.
32° JA (Mercadillo de Variedades), artículos de navidad,
(cotillones, caramelos, confeti, serpentinas), 1.184,48 euros.
33° Restaurante el Pela S.L., invitación comida,
jornadas empresarios, 900,00 euros.
34° Gonzalez Perea Suministros S.L., compra de radiador, 49,50 euros.
35° Gonzaález Perea Suministros S.L., materiales de ferretería,
5,59 euros.
36° González Perea Suministros S.L., materiales de ferretería,
3,76 euros.
37° Gonzalez Perea Suministros S.L., materiales de ferretería,
117,59 euros.
38° Gonzalez Perea Suministros S.L., materiales de ferretería,
305,68 euros.
39° Lavandería Paracuellos Pamar S.L., servicio de lavandería
para la guardería calle Valencia, 281,65 euros.
40° Salinera Española S.A., suministro de sacos de sal, 729,31
euros.
41° King España Complementos S.A., productos de limpieza
para el Ayuntamiento, 349,80 euros.
42° Relaciones Comerciales e Imagen 2002 S.L., publicidad
en la Comarca mes de diciembre, Concejalía de Medio Ambiente,
2.230,91 euros.
43° Comercial de Pubilicidad e Imagen 2000, publicidad en la Comarca,
mes de diciembre, Concejalía de Cultura, 3.904,10 euros.
44° El Rastrillo Antiguo S.L., material diverso para la guardería
calle Valencia, 113,90 euros.
45° Librería Paracuellos, suministro de prensa para el Ayuntamiento,
221,67 euros.
46° Servicios Integrales Guian S.L., traslado de equipos deportivos,
4.130,63 euros.
47° Lavandería Paracuellos Pamar, lavado de equipos deportivos,
324,34 euros.
48° Multicopy, facturación fotocopiadora guardería
calle Ajalvir, 124,12 euros.
49° Limpieza Initial S.A., primera limpieza a fondo de la guardería
calle Valencia, 5.986,59 euros.
50° Depósitos Organización Maquinaria Usos, cortadora
de fiambre para la guardería calle Valencia, 834,04 euros.
51° Lavandería Paracuellos Pamar S.L., lavado de equipos
deportivos, noviembre, 432,22 euros.
52° C.D.E. derechos arbitrales de fútbol sala, 988,00 euros.
53° Floristería Mari, ramos de flores, 60,00 euros. 5
54° El Rastrillo Antiguo S.L., materiales para el centro de la tercera
edad, 10,65 euros.
55° Proyecto 4, materiales para la Policía, ppr importe de
74,60 euros.
56° LAC, gastos de gasolina, 24,00 euros.
57° Fertilizantes Martin S.A., servicio de contenedor, 85,60 euros.
58° Anloar Sistemas Seguridad S.L.U., adquisición de treinta
casilleros independientes la Policía Local, 3.314,12 euros.
59° Multicopy, facturación copias fotocopiadora de información,
205,32 euros.
60° Restaurante el Pela S.L., comida Técnico de Personal,
12,00 euros.
61° JPG (Notario), provisión de fondos para las escrituras
de permuta de Justa Pages y Pedro Jose Sorici, 2.600,00 euros.
62° JMR, anticipo de caja para gastos de gasolina, 100,00 euros.
63° PMM, anticipo de caja para gastos varios del centro de la tercera
edad, 150,00 euros.
64° AE, anticipo de caja para recoger libros en correos, 110,42
euros.
65° JF, anticipo de caja para correos, reparto tarjetas navideñas,
250,00 euros.
66° AM, anticipo de caja para gestión en correos, reparto
de cartas, 100,00 euros.
67° MLT, anticipo de caja para gastos varios de la guardería
calle Ajalvir, 100,00 euros.
68° XXX, clases de pilates mes de noviembre, 894, 12 euros.
69° Mancomunidad de Servicios Sociales 2016, aportación
servicios sociales año 2.006, 70.276,25 euros.
70° Bocam, pago de anuncio, 215,20 euros.
71° Bocam, pago de anuncio, 354,82 euros.
72° Bocam, pago de anuncio, 243,94 euros.
73° Bocam, pago de anuncio, 201,60 euros
74° Bocam, pago de anuncio, 59,14 euros.
75° Bocam, pago de anuncio, 59,14 euros.
76° Bocam, pago de anuncio, 59, 14 euros.
77° XXX, clases de aeróbic, mes de diciembre, 164, 71 euros.
78° Comunidad de Madrid, pago de multa de tráfico, vehículo
del Alguacil, 63,00 euros.
79° Rebyc Gestión S.L., alquiler de la película "
Piratas del Caribe ", 1.113,60 euros.
80º Rebyc Gestión S.L., alquiler de la película "Cars",
1.113,60 euros.
81° Rebyc Gestión S.L., alquiler de la película "
Jorge el Curioso ", 1.113,60 euros.
82° Rebyc Gestión S.L., alquiler de la película "
Asterix y Obelix", 1.113,60 euros.
83° Rebyc Gestión S.L., alquiler de la película "
Alatriste", 1.113,60 euros.
84° Rebyc Gestión S.L., alquiler de la película. "
Garfield 2 ", 1.113,60 euros.
85° Rebyc Gestión S.L., alquiler de la película "
Supennan Returns ", 1.113,60 euros.
86° Rebyc Gestión S.L., alquiler de la película "
Poseidón", 1.113,60 euros.
87° Pilar Mesa Marcos, anticipo de caja para gastos varios del bar
de la tercera edad, 88,00 euros.
88° JLS, anticipo de caja para comprar impresos, 2,45 euros.
89° AEG, anticipo de caja para cancelación de embargo, Registro
de la Propiedad número 2, 149,37 euros.
90° Supersport 2000 S.A., actividad " Viaje Esqui", al
Pirineo de Lleida, 3.200,00 euros.
Aprobación si procede de expedientes de obras actividades e instancias presentadas:
En este punto se aprueban/deniegan/justifican: licencias de obra, licencias de ocupación, instalacion de industrias, comerciales, placas de vado permanente, exención de impuestos, solicitud de licencia de empleados municipales, etc. Esta información no se detallará, a no ser que sean de interés general.
A continuación se dio lectura a la instancia presentada por Promopinar
99 S.l., y en la que solicita licencia municipal de obra para la construcción
de lO viviendas unifamiliares pareadas, en el Sector 01, manzana UA-05,
parcelas R1 a R6 y R20 a R23 del Plan General de Ordenación
Urbana de Paracuellos de Jarama de 2 de Agosto de 200 I, acompañando
proyecto y presupuesto. Expediente 044/05. La Junta de Gobierno Local
a la vista del informe técnico que consta en el expediente, por
unanimidad acuerda: Conceder a Promopinar 99 S.L., licencia municipal
de obra simultanea a la urbanización para la construcción
de 10 viviendas unifamiliares pareadas en el Sector 01, manzana UA-05
parcelas RI a R6 y R20 a R23 del Plan General de Ordenación Urbana
de Paracuellos de Jarama de 2 de Agosto de 2001, imponiéndole
además de las condiciones generales de construcción la
especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la condición
legal de la observancia del plazo de un año para iniciar las
obras y tres años para terminación de éstas. El
Ayuntamiento podrá conceder prórrogas de los plazos de
la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente
acordado, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión
de los plazos previstos para el comienzo y para la finalización
de las obras, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación
urbanística vigente en el momento de su otorgamiento. las plazas
de aparcamiento que se establecen como obligatorias, se consideran inseparables
de las edificaciones. Asimismo el otorgamiento de la licencia queda
condicionada a que la altura máxima de la edificación
no exceda de 12 m, y la de la grua no exceda de 32 m, de acuerdo con
la autorización que se ha recibido del Ministerio de Fomento,
Dirección General de Aviación Civil. También se
hace constar que se ha recibido autorización del Ministerio de
Defensa para esta construcción. Asimismo esta licencia está
condicionada a la presentación de fianza a que se refiere la
Orden 2690/2006 de 28 de Julio del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio, por la que se regula la gestión de residuos de
construcción y demolición en la Comunidad de Madrid, que
se valora en 1.861,88 euros. Dicha fianza será devuelta previa
acreditación documental (emitida por la empresa titular de la
instalación que reciba los residuos) por parte del titular de
la licencia de la correcta gestión de los residuos generados
en la obra. También se aprobó el importe de la liquidación
provisional de la tasa que asciende a la cantidad de 27.928,26 euros.
Acto seguido se dio lectura a la instancia presentada por Promopinar
99 S.l., y en la que solicita licencia municipal de obra para la construcción
de 14 viviendas unifamiliares en hilera, en el Sector 01, manzana UH-OI,
parcelas R9 a R22 del Plan General de Ordenación Urbana
de Paracuellos de Jarama de 2 de Agosto de 2001, acompañando
proyecto y presupuesto. Expediente 042/05. La Junta de Gobierno local
a la vista del informe técnico que consta en el expediente, por
unanimidad acuerda: Conceder a Promopinar 99 S.l., licencia municipal
de obra simultanea a la urbanización para la construcción
de 14 viviendas unifamiliares en hilera en el Sector 01, manzana UH-01
parcelas R9 a R22 del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos
de Jarama de 2 de Agosto de 2001, imponiéndole además
de las condiciones generales de construcción la especial de que
la presente licencia se entiende otorgada bajo la condición legal
de la observancia del plazo de un año para iniciar las obras
y tres años para terminació,n de éstas. El Ayuntamiento
podrá conceder prórrogas de los plazos de la licencia
por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado,
previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de
los plazos previstos para el comienzo y para la finalización
de las obras, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación
urbanística vigente en el momento de su otorgamiento. Las plazas
de aparcamiento obligatorias, se consideran inseparables de las edificaciónes.
Asimismo el otorgamiento de la licencia queda condicionada a que la
altura máx 12 m, y la de la grua no exceda de 28 m, de acuerdo
con la autorización que se ha recibido del Ministerio de Fomento,
Dirección General de Aviación Civil. Tambien se hace constar
que se ha recibido autorización del Ministerio de defensa para
su construcción. Asimismo esta licencia está condicionada
a la presentacion de la fianza que se refiere la Orden 2690/2006 de
28 de Julio del Ordenación del Territorio, por la que se regula
la gestion de residuos de costruccion y demolición en la Comunidad
de Madrid, que se valo será devuelta previa acreditación
documental ( emitida por la empresa titular de la instalación
que reciba los residuos) por parte del titular de la licencia de la
correcta gestión de los residuos generados en la obra. También
de mejora en el aislamiento acústico de los acristalamientos
de los huecos de fachada. Se deberá justificar el cumplimiento
de la NBE suponiendo unois niveles de ruido exterior de 65 Laeq para
el periodo diurno y 55 Laeq para el periodo nocturno. También
se aprobó el importe de la liquidacion que asciende a la cantidad
de 20.444,37 euros.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa
Inmobiliaria municipal de primera ocupación para 49 viviendas
un en el Sector 04, manzana UH-04, parcelas R1 a R49. Expediente
de primera ocupación número 148/06. Expediente de obra:
023/04. La Junta de Gobierno Local a la vista del informe emitido por
el Arquitecto Municipal para cuarenta viviendas unifamiliares adosadas,
por unanimidad acuerda: Conceder a Hercesa Inmobiliaria S.A., licencia
municipal de primera ocupación para 40 viviendas unifamiliares
adosadas tipo M-2, sitas en el Sector 04, parcelas R1 a R3, R5 a R7,
R9 a R17, R20 a R31, R33 a R43, y R46 y R47, calle Mar Mediterraneo
números pares 112 a 116,120 a 124,128 a 144, 150 a 158 y calle
Mar Cantábrico números impares 115,117,123 a 143 y 147
a 159. Asimismo se aprobó el importe de la liquidacion final
de la tase que asciende a la cantidad de 20.396,87 euros. También
se aprobó el importe de los derechos a abonar que asciende a
la cantidad de 2.182,00 euros.
A continuación se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa
Inmobiliaria S.A. y en la que solicita licencia municipal de primera
ocupación para 32 viviendas unifamiliares pàreadas tipo
M-5 sitas en el Sector 04, manzana UA-09, parcelas R1 a R32.
Expediente de primera ocupacion número 146/06. Expediente de
obra: 043/04. La Junta de Gobierno Local a la vista del informe favorable
emitido por el Arquitecto Municipal para veintinueve viviendas unifamiliares,
por unanimidad acuerda: Conceder a Hercesa Inmobiliaria S.A., licencia
municipal de primera ocupacion para 29 viviendas unifamiliares pareadas
tipo M-5, sitas en el Sector 09, parcelas R2 y R5 a R32, calle Mar Adriático
números pares 18, 24 a 46 y calle Oceano Atlántico numeros
impares 15 a 45. Asimismo se aprobó el importe de la liquidación
final de la tasa que asciende a la cantidad de 22.294,96 euros. También
se aprobó el importe de los derechos a abonar que asciende a
la cantidad de 2.182,00 euros.
Acto seguido se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa
Inmobiliaria S.A., y en la que solicita licencia municipal de primera
ocupación para 47 viviendas adosadas tipo M-1, sitas en el Sector
04, manzana UH-06, parcelas R1 a R47 .Expediente primera ocupación
número 152/06. Expediente de obra: 024/04. La Junta de Gobierno
Local a la vista del informe favorable emitido por la Arquitecto Municipal
para treinta y nueve viviendas adosadas, por unanimidad acuerda: Conceder
a Hercesa Inmobiliaria S.A., licencia municipal de primera ocupación
para 39 viviendas adosadas tipo M-1, sitas en el Sector 04, manzana
UH-06, parcelas R1, R3, R6, R8 a R27, R29 a R31, R33 a R40, R43 a R47,
calle Océano Atlántico números pares 50, 54, 60,
64 a 94 y Avenida Circunvalación números impares 49 a
57,63 a 77,81 a 85,89 a 95. Asimismo se aprobó el importe de
la 1iquidación final de la tasa que asciende a la cantidad de
13.969,05 euros. También se aprobó el importe de los derechos
a abonar que asciende a la cantidad de 2. 182,00 euros.
A continuación se dio lectura a la instancia presentada por D.
XXX y en la que solicita calificación urbanística
de la parcela x del polígono xx de rústica. La Junta de
Gobierno Local a la vista del informe emitido por el Arquitecto Municipal
que dice asi:
"La parcela n° x del polígono xx de rústica se
encuentra clasificada por el P.G.O.U. de Paracuellos de Jarama de 02/AGO/2001
como SUELO NO URBANIZABLE PROTEGIDO.-CAUCES y RIBERAS,
Área de Desarrollo AD-RJ, en la parte Noroeste y como SUELO NO
URBANIZABLE PRESERVADO el resto de la parcela, según plano adjunto.
De acuerdo con el art. 9.4.4 de las NN.UU. el Suelo no Urbanizable de
Especial Protección de Cauces y Riberas,
1.-Cuestiones Generales Comprende esta zona todo el cauce
natural del río Jarama, sus riberas y los terrenos inundables
con un caudal de 1.000 m3/seg, sometidos todos ellos a lo dispuesto
por la Ley de Aguas.
El río Jarama está considerado por la Comunidad europea
zona de Especial Conservación(Z.E.C.) para su protección
biológica por lo que se encuentra precatalogado como Lugar de
Interés Comunitario(L.I.C.). El ámbito delimitado está
formado por el cauce y bandas de 100 metros a cada lado de éste.
2.- Usos permitidos y prohibidos. Sin perjuicio de lo
establecido en la legislación antes citada y en la ley de aguas,
en los terrenos pertenecientes a esta categoría de suelo, sólo
podrán permitirse usos, obras e instalaciones que, respetando
los objetivos de protección mencionados, ya través de
la previa obtención de calificación urbanística,
tuviesen alguna de las siguientes finalidades:
.Instalaciones asociadas al aprovechamiento de los recursos hidráulicos
para actividades agrícolas.
.Actividades indispensables para el establecimiento, funcionamiento,
conservación, mantenimiento y mejora de infraestructuras básicas
o servicios que resulten inevitables en dicho espacio.
.Actividades de ocio, vinculadas al turismo rural o análogo,
así como las relativas al estudio del medio natural, siempre
que las mismas no supongan alteración de los ecosistemas vegetales
existentes o instalaciones menores, indispensables y no permanentes,
vinculadas a dotaciones recreativas compatibles con la conservación
del espacio y relacionadas con el uso y disfrute de la naturaleza.
3.- Se prohibe cualquier tipo de vertido directo
o indirecto en los cauces, cualquiera que sea su naturaleza, así
como los que se efectúen en el subsuelo o sobre el terreno, balsas
o excavaciones, mediante evacuación, inyección o depósito,
sin haber sido sometido a los oportunos tratamientos de depuración
biológica que garanticen la ausencia de contaminación
para las aguas superficiales y subterráneas.
Se prohibe también el depósito sobre terreno de residuos
sólidos de cualquier naturaleza. Los efluentes procedentes de
los sistemas de tratamiento y depuración se ajustarán
en todo caso a las condiciones de vertido que fuesen establecidas por
la Confederación Hidrográfica.
Se prohibe la alteración de los ecosistemas vegetales existentes
asociados al curso de agua del río Jarama, así como las
perturbaciones a las comunidades faunística que lo habitan y
la puesta en cultivo de nuevos terrenos cuando de ello se pudiese derivar
cualquier grado de afección a la vegetación ripícola
existente.
Con independencia del dominio de los cauces, se prohíben los
movimientos de tierras, instalaciones o actividades que puedan variar
el curso natural de las aguas o modificar los cauces vertientes. De
igual forma se prohibe la alteración de la topografía
o vegetación superficial cuando represente un riesgo potencial
de arrastre de tierras, aumento de la erosionabilidad o simple pérdida
de tapiz vegetal.
En el desarrollo de actividades agrícolas sobre terrenos actualmente
en cultivo se evitará el uso de producción de productos
fitosanitarios.
Se prohíben las actividades extractivas y ganaderas intensivas,
los movimientos de tierra, la cubrición de cauces y cualquier
modificación del curso natural de las aguas, o el aumento de
la erosionabilidad de la zona.
Los cerramientos de fincas lindantes, independientemente del dominio
de los terrenos deberán retranquearse, en toda su longitud, una
anchura mínima de cinco metros del terreno cubierto por las aguas
en las máximas crecidas ordinarias.
En todo caso los proyectos o planes que se presenten para calificación
o informe urbanístico incluirán un Estudio de Impacto
Ambiental.
El área de desarrollo AD-RJ, en sus condiciones particulares,
usos, establece:
-conservación y regeneración de la naturaleza.
-esparcimiento y ocio
-se preverá un pequeño puerto deportivo en el río
para deportes náuticos.
De acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 9/2001,
del Suelo de la Comunidad de Madrid, al SUELO NO URBANIZABLE
PRESERVADO le es de aplicación el régimen establecido
para el suelo urbanizable no sectorizado.
El art. 26 de la citada Ley establece que en el suelo urbanizable no
sectorizado podrá legitimarse, mediante la previa calificación
urbanística, la realización de las siguientes construcciones,
edificaciones e instalaciones con los usos y actividades correspondientes:
a.- las de carácter agrícola, ganadero, forestal, cinegético
o análogo.
b.- las de carácter extractivo.
c.- las de carácter de infraestructuras.
d.- las de carácter residencial
e.- las instalaciones de dominio público y uso público
destinadas al ejercicio de actividades científicas, docentes
y divulgativas.
f.- las actividades que favorezcan el desarrollo rural sostenible.
g.- los establecimientos de turismo rural.
h.- la rehabilitación para su conservación de edificios
de valor etnográfico o arquitectónico.
Asimismo, de acuerdo con el art. 27 de lá misma Ley, mediante
proyecto de actuación especial, cuando justificadamente no sea
factible su realización en suelo urbano o urbanizable sectorizado
y siempre que el planeamiento territorial o urbanístico no lo
prohiba, podrá legitimarse:
a.- uso de equipamiento social:
*establecimientos e instalaciones para la defensa o seguridad pública.
*actividades y servicios culturales, docentes, científicos, asistenciales,
religiosos, funerarios y similares.
*instalaciones deportivas, recreativas y de ocio y esparcimiento.
b.- uso industrial de:
*depósitos de residuos inertes, materiales, maquinaria y vehículos.
*establecimientos industriales que, por los riesgos que comporten, precisen
una localización aislada o que por su vinculación con
explotaciones extractivas, agropecuarias o forestales deban ubicarse
junto a éstas.
c.- uso turístico. En cualquier caso debe remitirse el expediente
a. la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio";
por unanimidad acuerda: Remitir el citado expediente a la Consejería
de Medio Ambiente y Ordenación del Territor\o de la Comunidad
de Madrid, al objeto de que tramiten la calificación urbanística
solicitada.
Acto seguido se dio lectura a la instancia presentada por XXX, y en
la que solicita cédula urbanística de la parcela xxx del
polígono x.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Conceder a XXX,
cédula urbanística de la parcela xxx del polígono
x y remitirle el informe emitido por el Arquitecto Municipal que dice
así: " La parcela x del poligono x de rústica se
encuentra clasificada por el P.G.O.U. de Paracuellos de Jarama de 02/AGO/2001
como SUELO NO URBANIZABLE PRESERVADO-DOTACIONAL PÚBLICA.
En este suelo sólo pueden ser legitimados mediante calificación
urbanistica los usos y actividades relacionados con la implantación
de cualquier clase de dotación o equipamiento colectivo, de uso
público o privado si es de interés público o social.
La edificabilidad máxima será de 0,11 m2/m2, con ocupación
máxima del 7%. Ni el resto de usos del epígrafe f del
art. 53.1, ni ninguno de los demás epígrafes podrá
ser calificado en esta área específica. También
se aprobó el importe de los derechos a abonar que asciende a
la cantidad de 18,00 euros.
A continuación se dio lectura a la instancia presentada por XXX
y en la que solicita cedula urbanística de la parcela xx del
polígono x.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Conceder a XXX, cedula
urbanística de la parcela xx del polígono x y
remitirle el infonne emitido por el Arquitecto Municipal que dice asi:
"La finca xxx del poligono x de rustica se encuentra clasificada
por el PGOU de Paracuellos de Jarama de 02/AGO/2001 como SUELO URBANIZABLE
NO PROGRAMADO, PAU 2, área de reparto n° 4, en la parte Suroeste
y como SUELO URBANIZABLE PROGRAMADO, SECTOR 13, la parte Noreste.
La calificación del P AU-2 es RESIDENCIAL, con
usos globales de: residencial baja, residencial media y residencial
alta. Su aprovechamiento tipo es de 0,340000 m2tuc/m2s.
La calificación del SECTOR-13 es TERCIARIO,
con usos globales de terciario empresarial y el aprovechamiento tipo
es de 0,340000 m2tuc/m2s.
También se aprobó el importe de los derechos a abonar
que asciende a la cantidad de 36,00 euros.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Dolsaprom
2000 S.L.U., y relativa a la instalacion de una piscina de comunidad,
sita en la parcela BA-02 del Sector 9 de esta localidad.
La Junta de Gobierno Local, en base a las competencias que le ha atribuido
la Ley 2-2002 de 19 de junio de la Comunidad de Madrid, por unanimidad
acuerda: Aprobar el informe de evaluacion ambiental emitido por el Tecnico
municipal relativo a la instalacion de una piscina de comunidad sita
en la parcela BA-02 del Sector 9 de esta localidad, propiedad de Dolsaprom
2000 S.L.U.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Dolsaprom
2000 S.L., y en la que solicita licencia municipal de apertura para
instalar un garaje aparcamiento, en la parcela BA-02 del Sector 9,
acompañando proyecto y expediente. La Junta de Gobierno Local,
a la vista del informe emitido por el Servicio de Salud Pública
del Área V, el informe favorable de evaluación ambiental
aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el
día 27 de Octubre de 2.006 y el informe favorable emitido por
el Técnico Municipal por unanimidad acuerda: Conceder a Dolsaprom
2000 S.L., licencia municipal de apertura o actividad para instalar
un garaje aparcamiento, en la parcela BA-02 del Sector 9, pero con la
salvedad de que una vez finalizadas las instalaciones para la licencia
de funcionamiento, debe presentarse certificado final de obra firmado
por el técnico competente y visado por el Colegio Oficial, para
proceder a realizar la visita técnica a las instalaciones. También
se aprobó el importe de la tasa que asciende a la cantidad de
1.572,57 euros.
Acto seguido se dio lectura a la instancia presentada por Hocensa Empresa
Constructora S.A. y en la que solicita devolucion del aval que entregó
para responder del contrato de las obras de" Asfaltado de la urbanización
Altos del Jarama", por importe de 9.443,00 euros. La Junta
de Gobierno Local en base al informee favorable emitido por el Arquitecto
Técnico Municipal por unanimidad acuerda: Devolver a Hocensa
Empresa Constructora S.A. el aval que depositó en concepto de
garantía definitiva, para responder del contrato de las obras
de " Asfaltado de la urbanización Altos del Jarama",
por importe de 9.443,00 euros.
Asuntos varios:
Aqui también resumimos/omitimos algunos puntos que se refieren a personas concretas, pero mantenemos siempre los temas que correspondan a gastos municipales.
Debido a trabajos
extraordinarios realizados por los miembros del Cuerpo de la Policía
Local durante el mes de Octubre, trae para su aprobación la concesión
de gratificaciones por tales servicios. Toma la palabra el
Concejal D. Pedro Antonio Mesa Moreno y manifiesta que se va a abstener
en este asunto.
Sometido a votación el presente asunto arrojó el siguiente
resultado: Votos a favor: D. Fernando Zurita Orden, Dña. Begoña
Ramirez Sanz, D. Rufino Sotoca Herranz, y D. Rafael Fariñas Urias
( cuatro en total) Votos en contra: ninguno. Abstenciones: D.
Pedro Antonio Mesa Moreno ( uno en total ).
En consecuencia, la Junta de Gobierno Local, por mayoría de cuatro
votos a favor, ninguno en contra y una abstención acuerda: Conceder
las siguientes gratificaciones a los miembros de la Policía Local,
por trabajos extraordinarios realizados durante el mes de Octubre: 591,56e,
957,91e, 974,72e, 231,84e, 1.065,60e, 392,96e, 939,04e, 204,16e, 610,88e,
502,69e, 911,01e, 734,88e, 1.018,28e. (Totalizando 9.115 euros)
La empleada de este Ayuntamiento Dña. XXX ha desempeñado
la función de cocinera desde el día 16 al 24 de Noviembre
en la escuela infantil, siendo su puesto de trabajo el de ayudante de
cocina, por tanto habría que abonarla la diferencia de sueldo
por el puesto de trabajo superior que ha desempeñado esos días.
La Junta de Gobierno Local en base al informe emitido por el Graduado
Social, por unanimidad acuerda: Abonar a Dña. XXX, la cantidad
de 86,85 euros por diferencia de sueldo por puesto de trabajo superior
desempeñado durante los días 16 al 24 de Noviembre, como
cocinera en la Escuela Infantil.
Se han pedido varios presupuestos para construir fosas en el cementerio
municipal y por tanto hay que aprobar el presupuesto más ventajoso
para el Ayuntamiento para la construcción de dichas fosas.
Aprobar el presupuesto presentado por Jalfer, Obras y Construcciones
por importe de 400,00 euros/unidad más IVA, para construcción
de fosas en el cementerio municipal.
Aprobar el gasto presentado por Servicios de Control e Inspección
S.A., por inspección periódica obligatoria de Aparatos
Elevadores, ascensores situados en el Polideportivo Municipal, por importe
de 206,39 euros IVA incluido.
Aprobar el presupuesto presentado por Expofire, para instalación
sistema de extinción para campana extractora de cocina en la
Guardería de la calle Valencia, por importe de 2.874,89 euros.
Aprobar el presupuesto presentado por AG(Carpintería de aluminio
y cristalería), por una mampara de aluminio lacado en blanco,
para Conserjería del Polídeportivo Municipal, por importe
de 1.850,00 euros IVA no incluido.
Aprobar el presupuesto presentado por Artipublic, por 1.000 unidades
de Pins en baño de latón dorado o niquel, cuatro colores,
por importe de 900,00 euros, IVA no incluido.
Aprobar el presupuesto presentado por G.I. Paulino Alonso e
Hijos S.A., por alquiler de dos grupos electrógenos insonorizados
para fuegos artificiales y Orquesta, por importe de 1.950,00 euros más
IVA.
Aprobar el gasto correspondiente a la "Operación Kilo",
que organiza todos los años Caritas, para ayuda a personas necesitadas
por importe de 343, 15 euros.
Aprobar el gasto correspondiente a alumbrado público de la Avenida
Puente de los Viveros, presentado por la Cooperativa de Viviendas Berrocales
del Jarama, periodo 20 de Septiembre a 21 de Noviembre, por importe
de 1.349,42 euros.
Aprobar el presupuesto presentado por Blaxer Electrodomésticos,
por instalación y montaje de dos acondicionadores Oaitsu para
el polideportivo municipal por importe de 1.300,00 euros.
Aprobar el presupuesto presentado por Sosa Dias, por una bandera Ayuntamiento
Paracuellos de Jarama, por importe de 131, 72 euros, IVA no incluido.
Tres banderas de España, por importe de 14,60 euros/unidad, IVA
no incluido. Tres banderas de la Comunidad de Madrid, por importe de
12,98 euros/unidad, IVA no incluido y Tres banderas, Ayuntamiento Paracuellos
de Jarama, por importe de 154,04 euros/unidad, IVA no incluido.
Aprobar las facturas presentadas por el Taller de Empleo " Balcón
de Madrid", siendo las siguientes:
Suministros Industriales Rome S.L., por materiales para el taller de
empleo, 54,25 euros.
Suministros Industriales Rome, por materiales para el taller de empleo,
78,80 euros.
Suministros Industriales Rome, por materiales para taller de empleo,
488,64 euros.
Autocares Sanfiz, por traslado de alumnos taller de empleo, a el Pardo,
150,00 euros.
Y no habiendo más asuntos que tratar, por orden de la presidencia
se levanta la sesión, siendo las doce horas y cinco minutos.


