Archivo cronológico de Juntas de Gobierno
27 febrero 2006
Lectura del acta anterior
Hay un error en la transcripción del acta concretamente en la
cantidad correspondiente a la aprobación del presupuesto presentado
por Bruel & Kjaer, por sonometro integrador y verificación
y calibrador, ya que consta 1.334,00 euros, cuando el importe correcto
es 4.740,00 euros IVA incluido.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Aprobar el acta de
la sesión que se ha distribuido junto con la convocatoria con
la rectificación antes reseñada y que corresponde concretamente
a la sesión extraordinaria celebrada el día 8 de Febrero
de 2.006.
Aprobación si procede de facturas:
Este punto se transcribe intacto (exceptuando nombres de personas físicas).
1° AEG, anticipo de caja para gastos de aparcamiento, 10,00 euros.
2° JA, anticipo de caja para comprar tarjeta para cámara
de fotos, 300,00 euros.
3° FCA, anticipo para material deportivo para la Policía
Local, 300,00 euros.
4° AE, anticipo de caja para el pago de multa, 150,00 euros.
5° VMS, anticipo de caja para gastos, clases manualidades centro
de la tercera edad, 9,16 euros.
6° JFZ, anticipo de caja para recoger libros en correos, 124,72
euros.
7° PMM, anticipo de caja para gastos varios del centro de la tercera
edad, 150,00 euros.
8° xxx, clases de dibujo y pintura mes de diciembre, 965,33 euros.
9° AALo, anticipo de caja para gastos de la guardería municipal
200,00 euros.
10° VMS, anticipo de caja para gastos, clases manualidades centro
de la tercera edad, 10,38 euros.
11° MH, anticipo de caja para compra de un movil, 150,00 euros.
12° ELR, anticipo de caja para gastos varios de la escuela infantil
municipal 200,00 euros.
13° FGY, anticipo para pasar ITV, motocicletas Policía Local,
150,00 euros.
14° FCA, anticipo de caja para reserva en el Polideportivo para
pruebas físicas de la
Policía Local, 300,00 euros.
15° AE, anticipo de caja para comprar un pomo para una puerta, 10,00
euros.
16° JPG, anticipo de caja para pago de parking "Imade",
1,80 euros.
17° Bocam, pago de anuncio, 316,98 euros.
18° Bocam, pago de anuncio, 86,74 euros.
19° Bocam, pago de anuncio, 266,12 euros.
20° AEG, anticipo de caja para nota simple del Registro de la Propiedad,
5,00 euros.
21° Audiovisual Española 2000 S.A., Diario La Razón,
pago de anuncio, por importe 108,73 euros.
22° PM, anticipo de caja para gastos local de la tercera edad, 150,00
euros.
23° Equinse S.A., pago de factura número 20/06 por equipamiento
para la Escuela Municipal Infantil, 94.564,56 euros.
Aprobación si procede de expedientes de obras actividades e instancias presentadas:
En este punto se aprueban/deniegan/justifican: licencias de obra, licencias de ocupación, instalacion de industrias, comerciales, placas de vado permanente, exención de impuestos, solicitud de licencia de empleados municipales, etc. Esta información no se detallará, a no ser que sean de interés general.
Acto seguido se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa Inmobiliaria
S.A., y en la que solicita licencia municipal de primera ocupación
de 49 viviendas unifamiliares adosadas tipo M-1 sitas en el Sector 02
Manzana UH-05 parcelas R-1 a R-49. Expediente de obra: 010/04.
Expediente Primera Ocupación: 002/06.
La Junta de Gobierno Local a la vista del informe favorable emitido
por la Arquitecto. Municipal por unanimidad acuerda: Conceder a Hercesa
Inmobiliaria S.A., licencia municipal de primera ocupación de
49 viviendas unifamiliares adosadas tipo M-1 sitas en el Sector 02 Manzana
UH-05 parcelas R-1 a R-49, calle Doñana números pares
2 a 48 y calle Tablas de Daimiel números impares 1 a 49.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa
Inmobiliaria S.A., y en la que solicita licencia municipal de primera
ocupación de 28 viviendas unifamiliares pareadas tipo M-4 y M-5
sitas en el Sector 02 Manzana UA-02 parcelas R-1 a R-28. Expediente
de obra: 027/04. Expediente Primera Ocupación: 007/06.
La Junta de Gobierno Local a la vista del informe favorable emitido
por la Arquitecto Municipal por unanimidad acuerda: Conceder Hercesa
Inmobiliaria S.A., licencia municipal de primera ocupación de
28 viviendas unifamiliares pareadas tipo M-4 y M-5 sitas en el Sector
02 Manzana UA-02 parcelas R-1 a R-28, calle Las Panzas números
pares 18 a 44 y calle Cañadas del Teide. números impares
17 a 43.
Acto seguido se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa
Inmobiliaria S.A., y en la que solicita licencia municipal de primera
ocupación de 4 viviendas unifamiliares pareadas tipo M-4 y M-5D
sitas en el Sector 02 Manzana UA-03 parcelas R-1 a R-2 y R-15 a R-16.
Expediente de obra: 028/04. Expediente Primera Ocupación: 010/06.
La Junta de Gobierno Local a la vista del informe favorable emitido
por la Arquitecto Municipal por unanimidad acuerda: Conceder Hercesa
Inmobiliaria S.A., licencia municipal de primera ocupación de
4 viviendas unifamiliares pareadas tipo M-4 y M-5D sitas en el Sector
02 Manzana UA-03 parcelas R-1 a R-2 y R-15 a R-16, calle Las Panzas
números pares 46 a 48 y calle Cañadas del Teide números
impares 45 a 47.
A continuación se dio lectura a. la instancia presentada por
xxx y en la que solicita calificación urbanística
de las parcelas número xxx, del polígono 1 de rústica
para la construcción de varios invernaderos y balsas de riego.
Se encuentran clasificadas como SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL
PROTECCIÓN POR SU INTERÉS AGRÍCOLA. De
acuerdo con el art. 9.4.6 de las NN.UU.:
1° Cuestiones generales.
Se incluyen en esta categoría los suelos de mayor interés
por su potencial para la producción agraria que los hace especialmente
aptos para el cultivo y en general para el desarrollo de la vegetación
no incluidos en categorías anteriores. Se desarrollan en la vega
del río Jarama.
El objetivo de su protección es la preservación del suelo
como característica diferencial y escasa que hace a estos espacios
especialmente aptos para la producción vegetal.
2° Usos permitidos y prohibidos.
Se consideran los usos propios en esta zona el agrícola de regadío,
agrícola de secano, ganadero extensivo y forestal.
En los terrenos incluidos en esta categoría sólo podrán
producirse calificaciones urbanísticas e informes en las condiciones
establecidas en la Ley 9/95 para la ejecución de obras, construcciones
e instalaciones que respetando los objetivos de protección mencionados
tuviesen por finalidad alguno de los siguientes objetivos:
*construcciones o instalaciones de apoyo a los usos propios que sirvan
a unidades funcionales y productivas desarrolladas íntegramente
sobre terrenos pertenecientes a esta categoría de suelo u otra
igualmente restrictiva e imprescindible para el desarrollo de la actividad.
*actividades indispensables para el establecimiento, funcionamiento,
conservación o mantenimiento de las redes infraestructurales
básicas o servicios públicos, siempre que se demostrase
la inexistencia de una ubicación o trazado alternativo que pudiese
evitar esta clase de suelo sin comprometer otros espacios de mayor valor
ambiental.
*dotaciones o equipamientos colectivos que no implicasen la ocupación
de grandes superficies de terreno, relacionados con los usos propios
del suelo y no incluyesen forma de pernoctación alguna.
3° Condiciones particulares
*las construcciones o instalaciones se situarán preferentemente
sobre el acceso a la finca evitándose la creación de caminos
interiores.
*se prohibe cualquier tipo de vertido directo o indirecto sin haber
sido sometido a los oportunos tratamientos de depuración biológica
que garanticen la ausencia de contaminación para las aguas superficiales
y subterráneas y el depósito sobre el terreno de residuos
sólidos de cualquier naturaleza especialmente en el caso de que
fuese previsible la producción de lixiviados.
*se prohibe expresamente el uso de vivienda, las actividades extractivas,
la ganadería intensiva y la implantación de vertederos
de cualquier naturaleza.
*no se permiten aperturas de nuevos caminos o ensanchamiento de los
existentes si no vienen obligados por necesidades de la explotación
agrícola o por planes de mejora aprobados por el organismo de
la Comunidad de Madrid competente en materia de agricultura.
*se prohíben los desmontes, excavaciones y/o rellenos que supusiesen
disminución de la cantidad edáfica del suelo o de la superficie
cultivable, así como de las actuaciones que pudieran alterar
la red de irrigación o el sistemas de drenaje de suelos.
*las nuevas captaciones de aguas superficiales o subterráneas
para riego agrícola deberán incorporar necesariamente
sistemas de riego de consumo controlado. Se prohiben, en general, las
nuevas captaciones para riego "a manta".
Deberá remitirse el expediente a la Consejería de Medio
Ambiente y Ordenación del Territorio para tramitar la calificación
urbanística del terreno, previa a la licencia municipal; por
unanimidad acuerda: Remitir el citado expediente a la Consejería
de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para tramitar la
calificación urbanística.
Seguidamente se dio lectura a la instancia presentada por Gestión
Agesul S.L., relativa a la instalación de una piscina de comunidad,
en la parcela BA03 del Sector 7 de esta localidad.
La Junta de Gobierno Local en base a las competencias que le ha atribuido
la Ley 2/2002 de 19 de Junio de la Comunidad de Madrid, por unanimidad
acuerda: Aprobar el informe de evaluación ambiental emitido por
el Técnico Municipal relativo a la instalación de una
piscina de comunidad en la parcela BA03 del Sector 7 de esta localidad,
propiedad de Gestión Agesul S.L.
A continuación se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa
Inmobiliaria S.A., relativa a la instalación de una piscina de
comunidad, en la parcela BA12 del Sector 8 de esta localidad.
La Junta de Gobierno Local en base a las competencias que le ha atribuido
la Ley 2/2002 de 19 de Junio de la Comunidad de Madrid, por unanimidad
acuerda: Aprobar el informe de evaluación ambiental emitido por
el Técnico Municipal relativo a la instalación de una
piscina de comunidad en la parcela BA12 del Sector 8 de esta localidad,
propiedad de Hercesa Inmobiliaria S.A.
Acto seguido se dio lectura a la instancia presentada por Promopinar
99 S.L., relativa a la instalación de una piscina de comunidad,
en la parcela BAO1 del Sector 10 de esta localidad.
La Junta de Gobierno Local en base a las competencias que le ha atribuido
la Ley 2/2002 de 19 de Junio de la Comunidad de Madrid, por unanimidad
acuerda: Aprobar el informe de evaluación ambiental emitido por
el Técnico Municipal relativo a la instalación de una
piscina de comunidad en la parcela BAO1 del Sector 10 de esta localidad,
propiedad de Hercesa Inmobiliaria S.A.
A continuación se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa
Inmobiliaria S.A.. relativa a la instalación de una piscina de
comunidad, en la parcela BA01 del Sector 7 de esta localidad.
La Junta de Gobierno Local en base a las competencias que le ha atribuido
la Ley 2/2002 de 19 de Junio de la Comunidad de Madrid, por unanimidad
acuerda: Aprobar el informe de evaluación ambiental emitido por
el Técnico Municipal relativo a la instalación de una
piscina de comunidad en la parcela BAO1 del Sector 7 de esta localidad,
propiedad & Hercesa Inmobiliaria S.A.
Asuntos varios:
Aqui también resumimos/omitimos algunos puntos que se refieren a personas concretas, pero mantenemos siempre los temas que correspondan a gastos municipales.
Terminado el procedimiento
selectivo para cubrir una plaza de profesor de violín y viola,
hay que proceder al nombramiento correspondiente.
Por tanto, finalizado el proceso selectivo y a la vista de la propuesta
del Tribunal Calificador, la Junta de Gobierno Local por unanimidad
acuerda:
Nombrar como profesor de violín y viola de la
Escuela Municipal de Música de Paracuellos de Jarama a xxx, como
personal laboral fijo discontinuo a tiempo parcial, dándole un
plazo de veinte días naturales para que aporte los documentos
recogidos en el apartado 9 de las Bases Generales de la Convocatoria,
plazo durante el cual deberá personarse en la Secretaria de la
Corporación para formalizar el correspondiente contrato conforme
a la normativa legal vigente, bien entendido que de no hacerlo durante
dicho plazo quedará en situación de cesante con la perdida
de todos los derechos derivados de la convocatoria.
Terminado el procedimiento selectivo para cubrir una plaza de profesor
de piano y teclado, hay que proceder al nombramiento correspondiente.
Por tanto, finalizado el proceso selectivo y a la vista de la propuesta
del Tribunal Calificador, la Junta de Gobierno Local por unanimidad
acuerda:
Nombrar como profesor de piano y teclado de la Escuela
Municipal de Música de Paracuellos de Jarama a xxx, como personal
laboral fijo discontinuo a tiempo parcial, dándole un plazo de
veinte días naturales para que aporte los documentos recogidos
en el apartado 9 de las Bases Generales de la Convocatoria, plazo durante
el cual deberá personarse en la Secretaria de la Corporación
para formalizar el correspondiente contrato conforme a la normativa
legal vigente, bien entendido que de no hacerlo durante dicho plazo
quedará en situación de cesante con la perdida de todos
los derechos derivados de la convocatoria.
Terminado el procedimiento selectivo para cubrir una plaza de profesor
de violonchelo, hay que proceder al nombramiento correspondiente.
Por tanto, finalizado el procesó selectivo y a la vista de la
propuesta del Tribunal Calificador, la Junta de Gobierno Local por unanimidad
acuerda:
Nombrar como profesor de violonchelo de la Escuela
Municipal de Música de Paracuellos de Jarama a xxx, como personal
laboral fijo discontinuo a tiempo parcial, dándole un plazo de
veinte días naturales para que aporte los documentos recogidos
en el apartado 9 de las Bases Generales de la Convocatoria, plazo durante
el cual deberá personarse en la Secretaria de la Corporación
para formalizar el correspondiente contrato conforme a la normativa
legal vigente, bien entendido que de no hacerlo .durante dicho plazo
quedará en situación de cesante con la perdida de todos
los derechos derivados de la convocatoria.
Terminado el procedimiento selectivo para cubrir una plaza de Encargado
de Biblioteca ( Técnico auxiliar de biblioteca ), hay que proceder
al nombramiento correspondiente.
Por tanto, finalizado el proceso selectivo y a la vista de la propuesta
del Tribunal Calificador, la Junta de Gobierno Local por unanimidad
acuerda:
Nombrar como Encargada de Biblioteca ( Técnico
auxiliar de biblioteca ) de la Biblioteca Municipal de Paracuellos de
Jarama a xx, como personal laboral fijo, dándole un plazo de
veinte días naturales para que aporte los documentos recogidos
en el apartado 9 de las Bases Generales de la Convocatoria, plazo durante
el cual deberá personarse en la Secretaria de la Corporación
para formalizar el correspondiente contrato conforme a la normativa
legal vigente, bien entendido que de no hacerlo durante dicho plazo
quedará en situación de cesante con la perdida de todos
los derechos derivados de la convocatoria.
Escrito presentado por Equinse S.A. en el que solicitan el endoso de
la factura número 020/06 por equipamiento para la Escuela Municipal
Infantil por un importe total de 94.564,56 euros.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Tomar razón
del endoso de la factura número 020/06 presentada por Equinse
S.A., por equipamiento para la escuela municipal infantil, por importe
de 94.564,56 E, a favor de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid.
Debido a trabajos extraordinarios realizados por los miembros
del Cuerpo de la Policía Local trae para su aprobación
la concesión de gratificaciones por tales servicios. Toma la
palabra el Concejal D. Pedro Antonio Mesa Moreno y manifiesta
que él se va a abstener en este asunto. Sometido a votación
el asunto se obtiene el siguiente resultado:
Votos a favor: D. Fernando Zurita Orden, Dña. Begoña Ramírez,
D. Rufino Sotoca, y D. Rafael Fariñas, (4 en total). Abstenciones:
D. Pedro Antonio Mesa Moreno ( uno en total ). En consecuencia, la Junta
de Gobierno Local, por mayoría de 4 votos a favor, ninguno en
contra y 1 abstención, acuerda: Conceder gratificaciones a los
miembros de la Policía Local:
- 265,36 e.- 927,03 E.- 702,77 E.- 919,12 E. - 762,24 E. - 681,92 E.
- 796,08 E. - 796,08 E.- 894,32 E. - 626,39 E.- 387,44 E. Totalizando:
7758 euros
En la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día
8 de febrero de 2.006, acordó poner un bando para cubrir con
carácter interino una plaza de peón de servicios múltiples
hasta que sea cubierta mediante el correspondiente procedimiento de
selección y a la vista de las instancias presentadas hay que
proceder a la contratación.
La Junta de Gobierno Local a la vista de las instancias y los currículum
vitae presentados por unanimidad acuerda: Contratar a xxx con carácter
interino como peón de servicios múltiples, hasta sea cubierta
la misma mediante el correspondiente procedimiento de selección.
El empleado de este Ayuntamiento xxx ha solicitado permiso sin sueldo
por un periodo de seis meses de acuerdo a lo dispuesto en el artículo
31.2 del Convenio Colectivo de este Ayuntamiento y a la vista del informe
favorable emitido por parte de la Comisión Paritaria de fecha
26 de enero de 2.006 es preciso el acuerdo formal de la Junta de Gobierno
para legalizar tal situación.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Conceder a xxx, permiso
sin sueldo por un periodo de seis meses de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 31.2 del Convenio Colectivo de este Ayuntamiento
y a la vista del informe favorable emitido por parte de la Comisión
Paritaria de fecha 26 de enero de 2.006.
Ante la vacante producida de la plaza de monitor de actividades deportivas
por el permiso concedido al trabajador D. Alberto Alcobas Tallante hay
que proceder a la aprobación de las bases especificas del concurso
para su cobertura con carácter interino.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Aprobar las bases
especificas del concurso convocado por el Ayuntamiento de Paracuellos
de Jarama, para la cobertura con carácter interino de una plaza
de monitor de actividades deportivas.
Ante la solicitud efectuada por el Centro Logístico de Armamento
y Experimentación (Claex) del Ejercito del Aire, y con el fin
de profundizar y seguir estrechando relaciones institucionales, propone
que se done a dicho Centro la futura enseña nacional de ese centro.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Donar al
Centro Logístico de Armamento y Experimentación (Claex)
del Ejercito del Aire, la futura enseña nacional de ese centro,
previo los trámites oportunos, en su caso.
Aprobar el presupuesto presentado por Paradeisos Innova S.L., por suministro
de circuito de mantenimiento fisico, muscular y articular y
montaje mecánico del circuito de mantenimiento fisico, por importe
de 11.994,40 euros.
Aprobar el presupuesto presentado por Securnet Consultores, para llevar
a cabo la regulación en cuanto al tratamiento informático
de los ficheros de titularidad pública del Ayuntamiento de Paracuellos
de Jarama, así como los datos en él contenidos, de conformidad
con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de
Datos, por importe de 6.480,00 euros más IVA.
Aprobar el gasto correspondiente para suscripción anual del diario
El País, por importe de 335,00 euros.
Aprobar el presupuesto presentado por Candido Valverde S.L., por arreglo,
materiales y puesta en marcha del Reloj del Ayuntamiento por importe
de 1.898,00 euros más IVA.
Aprobar el presupuesto presentado por Candido Valverde S.L., por contrato
de mantenimiento del Reloj del Ayuntamiento por importe de 450,00 euros
anuales más IVA.
Aprobar el presupuesto presentado por Sosa-Dias S.A., por doce banderas
con el escudo de Paracuellos de Jarama, por importe de 39,97 euros unidad
más IVA y seis banderas de España, por importe de 14,60
euros unidad más IVA.
Aprobar el gasto a favor de La Pirámide Espectáculos,
por diversas actuaciones en la localidad con motivo del Carnaval, por
importe de 3.850,00 euros.
Y no habiendo más asuntos que tratar por orden de la Presidencia
se levanta la sesión, siendo las once horas y cuarenta minutos.


