Jarama Directo
El nuevo partido político de Paracuellos del Jarama

Promotor de la Democracia Directa

Archivo cronológico de Juntas de Gobierno

 

28 noviembre  2006

 

Aprobación si procede de facturas:

Este punto se transcribe intacto (exceptuando nombres de personas físicas).

1° Laboratorios de Sonido y Luz, obra e implantación de sistemas de video vigilancia, 29.489,52 euros.
2° Laboratorios de Sonido y Luz, obra e implantación de sistemas de video vigilancia, 5.721,12 euros.

3° Expofire S.L., señales de salida luminuscente, 106,14 euros.

4° DHOS 98 S.L., adquisición de cincuenta chandals serigrafiados para equipos de fútbol, 1.424,48 euros.
5° Limpiezas Initial S.A., limpieza guardería calle Valencia, mes de octubre, 3.300,39 euros.
6° Distribuidora de Material Educativo S.L., adquisición de cincuenta sillas para la escuela de música, 1.941,84 euros.
7° Clinica Veterinaria Peñagrande, servicio consulta de clinica, recogida de perro etc, 359,95 euros.
8° Clinica Veterinaria Peñagrande, servicio por hospitalización clinica y recogida de perro, 560,00 euros.
9° Wolters Kluwer España S.A., renovación suscripción actualidad laboral y sistema administrativo, 972,40 euros.
10° Wolters Kluwer España S.A., suscripción al Consultor.omline, 2.222,54 euros.
11° Agrupación Garantia Arquitectónica S.L., seguro del control técnico para el proyecto, edificio de 54 viviendas, 2.275,92 euros.
12° Primeria Consulting S.L., servicio de mantenimiento del sistema de rentas, noviembre, 812,00 euros.
13° Gestión Catastral y Servicio S.L., mantenimiento del catastro de urbana, 2.275,92 euros.
14° Gestión Catastral y Servicio S.L., mantenimiento del catastro de urbana, 2.905,80 euros.
15° Gestión Catastral y Servicio S.L., mantenimiento del catastro de urbana, 2.923,20 euros.
16° ATMGT, Gestión Tributaria y Recaudación S.L., asistencia técnica, actualización de la aplicación y bases de datos de recaudación, 3.712,00 euros.
17° AGS Distribuciones, material oficina deportes, 134,79 euros.
18° LAC, gastos de gasolina, 24,00 euros.
19°Mesón el Albero, invitación Alcaldía, 330,50 euros.
20° Moype Sport, material deportivo, 793,67 euros.
21 ° Moype Sport, analizador de lactatos para el polideportivo, 1.009,55 euros.
22° Telmosoft, adquisición de impresora para Intervención, 220,50 euros.
23° Correos y Telégrafos, pago de franqueo concertado mes de octubre, 4.420,70 euros.
24° LDA, Bufete Asociados, tramitación P.O. XXX/2005, Tribunal Superior de Justicia, XXX S.A, 232,00 euros.
25° Dotes S.L.,Suministros Especiales, materiales para protección civil, 1.072,51 euros.
26° Audiovisual Española 2000, Diario La Razón, pago de anuncio, proyecto de reparcelación UE-2, 722,91 euros.
27° AAL, anticipo de caja para reparación del frigorífico de la guardería calle Ajalvir, 450,00 euros.
28° JLS, anticipo de caja para notificaciones mediante burofax a MSC, 45,37 euros.
29° MPR, anticipo de caja para asistencia de cincuenta jóvenes al parque de atracciones, 475,00 euros.
30° Bocam, pago de anuncio, 171,70 euros.
31° Bocam, pago de anuncio, 309,94 euros.
32° Viva Aqua Service, servicio consumo de agua mes de octubre, 70,62 euros.
33° Bocam, pago de anuncio, 59,14 euros.
34° Bocam, pago de anuncio, 59,14 euros.
35° Bocam, pago de anuncio, 147,84 euros.
36° Bocam, pago de anuncio, 177,40 euros.
37° PMM, anticipo de caja para el bar del centro de la tercera edad, 150,00 euros.
38° LRM, anticipo de caja para el taller de manualidades para el belén de la tercera edad, 24,19 euros.
39° Federación: Madrileña de Karate, reafliación del club, profesores, alumnos infantil y adultos, 585,00 euros.
40° Federación de Fútbol de Madrid, fichas de equipos de fútbol temporada 2005/2006, 2.061,05 euros.

Aprobación si procede de expedientes de obras actividades e instancias presentadas:

En este punto se aprueban/deniegan/justifican: licencias de obra, licencias de ocupación, instalacion de industrias, comerciales, placas de vado permanente, exención de impuestos, solicitud de licencia de empleados municipales, etc. Esta información no se detallará, a no ser que sean de interés general.

A continuación se dio lectura a la instancia presentada por Comunidad de Madrid, Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, Dirección General de Agricultura, y en la que solicita licencia municipal de obras para demolición del restaurante XXX sito en la Vía Pecuaria, Descansadero de San Miguel, acompañando proyecto y presupuesto.
La Junta de Gobierno Local a la vista del informe favorable emitido por el Arquitecto Municipal, por unanimidad acuerda: Conceder a Comunidad de Madrid, Consejeria de Economía e Innovación Tecnológica, Dirección General de Agricultura, licencia municipal de obras para demolición del restaurante XXX sito en la Vía Pecuaria, Descansadero de San Miguel de esta localidad, imponiéndole además de las condiciones generales de construcción la especial de que la presente licencia se entiende otorgada bajo la condición legal de la observancia del plazo de un año para iniciar las obras y tres años para terminación de éstas. El Ayuntamiento podrá conceder prórrogas de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo y para la finalización de las obras, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de su otorgamiento.
También se aprobó el importe de los derechos a abonar que asciende a la cantidad de 1.432,07 euros.

Acto seguido se dio lectura a la instancia presentada por XXX y en la que solicita cédula urbanística de la parcela número XX del polígono X.
La Junta de Gobierno Local a la vista del informe emitido por el Arquitecto Municipal por unanimidad acuerda: Conceder a XXX, cédula urbanística de la parcela número XX del polígono X, y remitirle el informe emitido por el Arquitecto Municipal que dice asi: "La finca n° XX del pol. X de rústica se encuentra clasificada por el P.G.O.U. de Paracuellos de Jarama de 02/AGO/2001 como SUELO NO URBANIZABLE PROTEGIDO.-ESPECIAL PROTECCIÓN AGRÍCOLA. De acuerdo con el art. 9.4.6 de las NN.UU.:
l ° Cuestiones generales.
Se incluyen en esta categoría los suelos de mayor interés por su potencial para la producción agraria que los hace especialmente aptos para el cultivo y en general para el desarrollo de la vegetación no incluidos en categorías anteriores. Se desarrollan en la vega del río Jarama.
El objetivo de su protección es la preservación del suelo como característica diferencial y escasa que hace a estos espacios especialmente aptos para la producción vegetal.
2° Usos permitidos y prohibidos.
Se consideran los usos propios en esta zona el agrícola de regadío, agrícola de secano, ganadero extensivo y forestal.
En los terrenos incluidos en esta categoría sólo podrán producirse calificaciones urbanísticas e informes en las condiciones establecidas en la Ley 9/95 para la ejecución de obras, construcciones e instalaciones que respetando los objetivos de protección mencionados tuviesen por finalidad alguno de los siguientes objetivos:
*construcciones o instalaciones de apoyo a los usos propios que sirvan a unidades funcionales y productivas desarrolladas íntegramente sobre terrenos pertenecientes a esta categoría de suelo u otra igualmente restrictiva e imprescindible para el desarrollo de la actividad.
*actividades indispensables para el establecimiento, funcionamiento, conservación o mantenimiento de las redes infraestructurales básicas o servicios públicos, siempre que se demostrase la inexistencia de una ubicación o trazado alternativo que pudiese evitar esta clase de suelo sin comprometer otros espacios de mayor valor ambiental.
*dotaciones o equipamientos colectivos que no implicasen la ocupación de grandes superficies de terreno, relacionados con los usos propios del suelo y no incluyesen forma de pernoctación alguna.
3° Condiciones particulares
*las construcciones o instalaciones se situarán preferentemente sobre el acceso a la finca evitándose la creación de caminos interiores.
*se prohibe cualquier tipo de vertido directo o indirecto sin haber sido sometido a los oportunos tratamientos de depuración biológica que garanticen la ausencia de contaminación para las aguas superficiales y subterráneas y el depósito sobre el terreno de residuos sólidos de cualquier naturaleza especialmente en el caso de que fuese previsible la producción de lixiviados.
*se prohibe expresamente el uso de vivienda, las actividades extractivas, la ganadería intensiva y la implantación de vertederos de cualquier naturaleza.
*no se permiten aperturas de nuevos caminos o ensanchamiento de los existentes si no vienen obligados por necesidades de la explotación agrícola o por planes de mejora aprobados por el organismo de la Comunidad de Madrid competente en materia de agricultura.
*se prohiben los desmontes, excavaciones y/o rellenos que supusiesen disminución de la cantidad edáfica del suelo o de la superficie cultivable, así como de las actuaciones que pudieran alterar la red de irrigación o el sistemas de drenaje de suelos.
*las nuevas captaciones de aguas superficiales o subterráneas para riego agrícola deberán incorporar necesariamente sistemas de riego de consumo controlado. Se prohiben, en general, las nuevas captaciones para riego "a manta".
También se aprobó el importe de los derechos a abonar que asciende a la cantidad de 18,00 euros.

La Junta de Gobierno Local, a la vista de la licencia municipal de apertura concedida en sesión celebrada el día 27 de Octubre de 2.006, y el informe favorable emitido por el Técnico Municipal tras la visita de inspección reglamentaria realizada, por unanimidad acuerda: Conceder a Congregación de Misioneros Claretianos, licencia municipal de funcionamiento para instalar un centro de pistas deportivas de uso privado sito en la Finca Valti, pero con la salvedad de que dicha licencia de funcionamiento debe estar condicionada a que el nivel de emisión al ambiente exterior, obtenido mediante la medición de Nivel Continuo Equivalente, no sobrepasará en zona industrial los 70 dB(A) en el período comprendido entre las 8 y las 22 horas y los 60 dB(A) entre las 22 y las 8 horas y en zona residencial los 55 dB(A) en el período comprendido entre las 8 y las 22 horas y 45 dB(A) entre las 22 y las 8 horas. También se otorga esta licencia únicamente a los efectos previstos en la Ley 2/2002, de 19 de junio de la Evaluación Ambiental de Actividades de la Comunidad de Madrid, en consecuencia, no implica, presupone si sustituye a las autorizaciones u homologaciones que sea necesario obtener para el funcionamiento de la actividad.

Asuntos varios:

Aqui también resumimos/omitimos algunos puntos que se refieren a personas concretas, pero mantenemos siempre los temas que correspondan a gastos municipales.

 

En la Junta de Gobierno Local aprobó en sesión celebrada el día 18 de octubre de 2.006, el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares así como el Pliego de Prescripciones Técnicas para adjudicar el contrato de suministro y exhibición de los fuegos artificiales para la fiesta de fin de año a realizar por el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama el día 1 de Enero de 2.007. Añade que invitadas varias empresas a participar, y transcurrido el plazo establecido, se han presentado tres, por lo que, hay que abrir los sobres presentados por los licitadores y que corresponden a 1. A. Caballer S.A.; 2. Pirotecnia Caballer S.A. y 3. Pirotecnia Esteve S.L., y adjudicar el mismo.
Abiertos los sobre B de las Empresas licitadoras, correspondientes a la documentación Técnica y Administrativa para tomar parte en dicho concurso, se observa que las presentadas por las empresas A. Caballer S.A., y Pirotecnia Caballer S.A. son correctas, pero la correspondiente a Pirotecnia Esteve S.L., no ha aportado el siguiente documento según pliego aprobado por la Junta de Gobierno Local: Poder bastanteado por el Secretario de la Corporación o Letrado en ejercicio en el ámbito del Colegio Profesional Provincial, cuando actué por representación.
Por todo ello, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Conceder un plazo de dos días a la Empresa Pirotecnia Esteve S.L., contados a partir del siguientes a la notificación de la presente, para que aporte el documento exigido según el Pliego Cláusula 8 y que es el siguiente: Poder bastanteado por el Secretario de la Corporación o Letrado en ejercicio en el ámbito del Colegio Profesional Provincial, cuando actué por representación.

Finalizado el concurso convocado para cubrir una plaza de Coordinador de actividades deportivas, a tiempo completo y con carácter interino, y a la vista de la propuesta efectuada por el Tribunal Calificador, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Nombrar como Coordinador de Actividades Deportivas como personal laboral a tiempo completo y con carácter interino a D.PG.

Aprobar las facturas presentadas por el Taller de Empleo, siendo las siguientes:
- TB, anticipo de caja para gastos del taller, 400,00 euros.
- FTM, (farmacia), productos de farmacia para el taller, 18,00 euros.
- JA (Mercadillo de Variedades), productos varios para el taller de empleo, 7,20 euros.
- Restaurante Hermanos Romero S.L., desayunos para el personal del taller de empleo, 56,00 euros.
- Ferretería Hnos. Barral, material de ferretería, 40,10 euros.
- El Rastrillo Antiguo S.L., productos de limpieza, 9,90 euros.
- Benol 2 S.L., gastos de gasolina, 247,57 euros.

Aprobar el gasto presentado por la Concejalia de Juventud por importe de 250,00 euros por excursión al Palacio de Hielo de Madrid el día 22 de diciembre, de 50 jovenes de la localidad.

Aprobar el gasto presentado por la Concejalia de Juventud por importe de 5.000,00 euros, por la actividad de " Viaje de Esqui" al Pirineo de Lleida Superspot 2000, de 50 jovenes de la localidad.

Y no habiendo más asuntos que tratar, por orden de la presidencia se levanta la sesión, siendo las diez horas y cuarenta minutos.