Archivo cronológico de Juntas de Gobierno de Paracuellos de Jarama
Desafortunadamente
desde que JaDi no lleva Participación ciudadana (junio 2011),
la publicacion oficial de los resúmenes de las actas de Junta
de Gobierno ya no se hace en la web municipal. Entendemos que es un
deber "ético" publicarlas para cualquier gobernante
que ansie la transparencia e información; si
el gobierno no lo hace, lo hará JaDi.
NOTA:
Las facturas se transcriben intactas (exceptuando nombres de personas: físicas no cargos públicos / jurídicas privadas).
Los expedientes de obra, industria, vados, etc. no se detallarán, a no ser que sean de interés general.
En asuntos varios como solicitud subvenciones, aprobación de proyectos, etc. resumimos/omitimos algunos puntos que se refieren a personas concretas, pero mantenemos siempre los temas que correspondan a gestión municipal.
EXTRACTO ACTA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL 8 DE SEPTIEMBRE DE 2011 (13.30 hs)
Facturas
1° xxx, pago de factura 75% restante del contrato de actuaciones
musicales y espectáculos con motivo de las fiestas patronales
2011, por importe de 74.782,50 euros.
Acuerdo si procede relativo a la concesión de 2 vados
permanentes.
Acuerdo si procede, sobre la resolución del recurso de reposición
presentado por D. Germán 'Basoa Rivas, Portavoz del Grupo Municipal
de Izquierda Unida en relación al expediente de contratación
de suministro de 12 equipos multifunción.
Toma la palabra el Concejal de Hacienda D. Santos Miñambres Martinez,
y manifiesta que D. Germán Basoa Rivas, Portavoz del Grupo Municipal
de Izquierda Unida, ha interpuesto recurso de reposición contra
el acuerdo de la Junta de Gobierno Local celebrada el día 2 de
Agosto de 2011, para la contratación del suministro de 12 máquinas
multifunción, por tanto es preciso dar contestación de
forma expresa al mismo.
A la vista del informe emitido por el Jefe del Departamento de Contratación
que dice asi:
"xxx, Jefe del Dpto. de Contratación del Ayuntamiento de
Paracuellos de Jarama, con relación al asunto de referencia,
emite el siguiente INFORME
PRIMERO.- En fecha 2 de septiembre de 2011, D. Germán Basoa Rivas,
en nombre y representación del Grupo Municipal de IU, presenta
recurso de reposición contra el acuerdo de la Junta de Gobierno
Local de fecha 2 de agosto de 2011, en el que se declaraba la oferta
presentada por la mercantil xxx como la económicamente más
ventajosa, de conformidad con el artículo 135.2 LCSP. .
SEGUNDO.- Se fundamenta el recurso de reposición en el hecho
de que en el presente procedimiento debía haberse nombrado el
llamado Comité de Expertos, al objeto de que dicho órgano
procediese a valorar y asignar la puntuación correspondiente
a los llamados criterios subjetivos, de conformidad con lo señalado
en el artículo 134.2 LCSP.
TERCERO.- Si bien es cierto que tal y como señala el recurrente
en su escrito, la constitución de dicho Comité de Expertos
se ha reflejado en la Cláusula.10 del PCA que rige el presente
procedimiento, debe señalarse que la constitución de dicho
órgano únicamente resulta legalmente preceptiva, de acuerdo
con lo señalado en el propio artículo 134.2, segundo párrafo
alegado,· en los expedientes que se sigan mediante procedimiento
abierto ó restringido.
No resulta por tanto prevista dicha obligación en aquellos expedientes
que, como en el presente caso, se sigan mediante el llamado procedimiento
negociado sin publicidad.
CUARTO.- Debe considerarse por tanto, que en el presente caso, y en
contra de lo alegado, no se ha producido vulneración de la normativa
aplicable, pudiendo considerarse en su caso, como un simple error de
redacción, la existencia de la previsión contenida en
la Cláusula 10 del Pliego de Cláusulas Administrativas.
La calificación de dicha referencia como simple error de redacción
no vinculante resulta confirmado por la propia normativa, que a diferencia
de lo regulado para la Mesa de Contratación, cuya existencia
en los procedimientos negociados es potestativa, de forma que su previsión
en el pliego podría hacer obligatoria su efectiva constitución,
no ocurre lo mismo para el Comité de Expertos, el cual, como
decimos, resulta obligatorio únicamente en los procedimientos
abiertos o restringidos.
Por lo anterior, se PROPONE DESESTIMAR el recurso de reposición
presentado por D. Germán Basoa Rivas, en nombre y representación
del Grupo Municipal de IU; contra el acuerdo de la J unta de Gobierno
Local de fecha 2 de agosto de 2011, en el que se declaraba la oferta
presentada por la mercantil xxx como la económicamente más
ventajosa, de conformidad con el artículo 135.2 LCSP.",
la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda DESESTIMAR el recurso
de reposición presentado por D. Germán Basoa Rivas, en
nombre y representación del Grupo Municipal de IV, contra el
acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 2 de agosto de 2011,
en el que se declaraba la oferta presentada por ]a mercantil xxx como
la económicamente más ventajosa, de conformidad con el
artículo 135.2 LCSP. Dándole los recursos que procedan
contra dicho acuerdo.
Acuerdo si procede, relativo a la devolución de la fianza
definitiva presentada por la Empresa xxx. para la ejecución del
contrato de servicios de impartición de clases de pádel.
A continuación se procede a dar lectura a la instancia presentada
por la empresa xxx, y en la que solicita devolución de la fianza
definitiva que depositó por importe de 1.862,07 euros, por contrato
para impartir clases de pádel en el polideportivo municipal,
ya que en fecha 26 de Julio de 2011, finalizó dicho contrato.
La Junta de Gobierno Local a la vista del informe emitido por la Concejalía
de Deportes, por unanimidad acuerda: Devolver a xxx., la fianza definitiva
que depositó por importe de 1.862,07 euros, por contrato para
impartir clases de pádel en el polideportivo municipal.
Acuerdo si procede, relativo a la solicitud de excedencia voluntaria
presentada por el empleado D. xxx.
Toma la palabra el Sr. Alcalde y propone la retirada de este punto del
orden del día. Añade que antes de pronunciarse le gustaría
conocer el punto de vista de la Concejalía correspondiente, para
saber como afectaría esta excedencia, a la Escuela Municipal
de Música.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Retirar este punto
del orden del día.
Acuerdo si procede, relativo a solicitud de permanencia en oficina realizando
tareas administrativas de Dña xxx.
Acto seguido se procede a dar lectura a la instancia presentada por
Dña xxx, Policía Municipal de este Ayuntamiento, y en
la que solicita se le relegue a tareas administrativas en las dependencias
policial es, dejando de prestar servicio en la calle, debido a que se
encuentra en estado de gestación.
La Junta de Gobierno Local a la vista del informe emitido por el Jefe
del Departamento de Recursos Humanos por unanimidad acuerda: Conceder
a Dña. xxx, Policía Municipal de este Ayuntamiento, la
movilidad por razones de salud, pasando a realizar tareas administrativas
en las dependencias policiales, dejando de prestar servicio en la calle.
Acuerdo si procede, relativo a solicitud de permuta de D. xxx.
A continuación se dio lectura a la instancia presentada por D.
xxx, Policía Local de este Ayuntamiento y en la que solicita
permuta con el Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid D.
xxx.
La Junta de Gobierno Local a la vista del informe emitido por el Jefe
del Departamento de Recursos Humanos por unanimidad acuerda: No pronunciarse
al respecto hasta que no se resuelva la situación del Policía
Municipal del Ayuntamiento de Madrid que pretende la permuta con el
Policía Local de este Ayuntamiento D. xxx. Dándole los
recursos que procedan contra dicho acuerdo.
Acuerdo si procede relativo a la contratación de un trabajador
en sustitución de Dña. xxx, educadora de la Escuela Municipal
Infantil.
Dña xxx, educadora de la Escuela Municipal Infantil, ha presentado,
baja por incapacidad temporal, y por tanto habría que cubrir
dicha plaza, por necesidades del servicio.
La Junta de Gobierno Local a la vista de los datos obrantes en el expediente
y de acuerdo con la bolsa de trabajo creada mediante el proceso llevado
a cabo para cubrir las vacantes de educadora como personal laboral temporal,
convocado por bando de fecha 14 de abril de 2011, por unanimidad acuerda:
Contratar a Dña. xxx, como Educadora de la Escuela Municipal
Infantil, mediante la modalidad contractual de interinidad para sustituir
a trabajadora 'con derecho a reserva del puesto de trabajo .
Acuerdo si procede, relativo a la aprobación del gasto
de los pluses de jornada partida y nocturnidad correspondiente a los
trabajadores del Departamento de Deportes desde el día 1 de Septiembre
hasta el 31 de Diciembre de 2011.
El Departamento de Recursos Humanos ha remitido la relación de
empleados y los pluses que les corresponden por los conceptos de jornada
partida y nocturnidad correspondiente a los trabajadores del Departamento
de Deportes desde el día 1 de Septiembre hasta el 31 de Diciembre
de 2011, por importe de 8.400,00 euros por jornada partida y 144,64
euros por nocturnidad y por tanto habría que aprobar estas cantidades
para su abono.
Toma la palabra el Concejal D. Juan Peinado y manifiesta que él
se va a abstener en este punto.
Sometido a votación el presente asunto arrojó el siguiente
resultado:.
Votos a favor de los siguientes Concejales: D. Fernando Zurita Orden,
D. Santos Miñambres Martínez, D. Manuel Enrique Porto
Tena ( P.P. ) Y D. Borja Baturone Blanc. ( ICxP) ( cuatro en total).
Votos en contra: ninguno.
Abstenciones: D. Juan Peinado (ICxP) ( uno en total)
En consecuencia la Junta de Gobierno Local por mayoría de cuatro
votos a favor, ninguno en contra .y una abstención, acuerda:
.Aprobar el gasto de los pluses de jornada partida y nocturnidad correspondiente
a los trabajadores del Departamento de Deportes desde el día
1 de Septiembre hasta el 31 de Diciembre de 2011, por importe de 8.400,00
euros por jornada partida y 144,64 euros por nocturnidad.
Y no habiendo más asuntos que tratar, por orden de la Presidencia
se levantó la sesión, siendo las trece horas y cincuenta
minutos.


