Jarama Directo
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La huella sonora del aeropuerto de Barajas, los gráficos que condicionan nuestra calidad de vida. Paralelamente analizamos si los aviones pueden obviar las normas locales de ruido

En primicia, JaDi ofrece, los planos mas relevantes de las Huellas sonoras para la ampliación del aeropuerto de Barajas, un documento que no está en exposición pública y que numerosos afectados deben disponer.

Por otro lado, viendo que AENA está regulada por valores de nivel sonoro medio, analizamos como se regula el ruido para otros casos y vemos que en Paracuellos se podría multar a los aeronaves que superen los 80 dB de valor máximo.


Como es sabido el Ayuntamiento tiene la obligacion de informar y representar a los vecinos en los foros creados sobre las afecciones del aeropuerto (CSAM, reuniones de Alcaldes con Ministerio Fomento, etc.), en Paracuellos estas labores coresponden a la Alcaldía.

Como es costumbre y basandonos en la situación actual, la Alcaldía poco nos representa y nada nos informa.

Jarama Directo le solicitó hace semanas al Alcalde que hiciese pública la Huella sonora oficial, para que todos los afectados tengamos acceso, poder analizarla y saber en que situación nos encontramos. Una vez mas, no se nos contesta el escrito, ni se hace pública la huella sonora, por ello nos movemos fuera de la inmovil administración local y conseguimos el documento de AENA "Analisis de trayectorias y huellas sonoras", de la que aportamos los dos gráficos mas relevantes:

Envolventes con porcentajes reales de utilizacion Porcentaje de utilización de trayectorias en 24 horas

Aqui se ven las rutas que pasan sobre Belvis o como numerosos nucleos urbanos de Paracuellos estan dentro de las isófonas por encima de lo normal para zonas urbanas.

Por ser un documento muy extenso, a quien necesite consultar el documento completo, solicitarnoslo via mail a jarama@jaramadirecto.com


Pr otro lado, vemos como promediando diariamente los ruidos, unos pocos aviones ruidosos por la noche pueden pasar como aceptables.

Si entendemos que las normas reguladoras de ruido en general, estan para limitar a los emisores y proteger a los afectados, se deduce facilmente que las ordenanzas locales, leyes comunitarias y nacionales, entienden que además de ruidos promedio, se deben limitar tambien los valores máximos.

Un ruido mayor a 80 dB(A), esta aceptado como productor de daño importante en el ser humano. Pero curiosamente al ruido de los aviones no se regula lo mismo que los demás "vehiculos a motor" o actividad industrial         ¿por que?

¿pueden legalmente los aviones hacer mas ruido que los otros vehiculos?

JaDi, entiende que los afectados podrian reclamar la aplicación de este principio y ha comenzando a analizar en detalle la ordenanza municipal de Medio Ambiente.

No hay razón por la cual los aviones esten excluidos (como si lo estan por ejemplo, las corridas de toros en el apartado de maltrato a animales). Por ello hemos presentado un escrito por Registro al Ayto, el pasado 12 de abril con nº 2588, preguntando lo siguiente:

DE: Sergio Krstic Gibert – concejal portavoz JaDi

A: Fernando Zurita , Alcalde de Paracuellos
CC: Rufino Sotoca, Concejal de Medio ambiente

ASUNTO: Ordenanza de medioambiente y ruidos aeropuerto

En referencia a las afecciones sonoras que esta sufriendo nuestro término desde que se han inaugurado las nuevas pistas y terminal, y analizando la Ordenanza vigente en el tema, la cual entiendo que aplica, como resumo a continuación:

Ordenanza de Medio ambiente de Paracuellos:
Titulo VI Ruidos

Art 398 Niveles de evaluación sonora, que incluye vehículos a motor (los aviones tienen motor)
Art 399 Ruido exterior máximo 75 dB dia, 65 noche
Art 426 Trafico aéreo - , no da valores, habla de promover con otras Administraciones, etc.
Art 427 La competencia del cumplimiento de la Ordenanza es del Ayto.
Art 432 Infracciones muy graves, entre otros, superar en 7 dB el limite máximo
Art 436 Sanciones - según ley 2/2002 de la CAM (puede que obsoleta), pide para las muy graves 240 mil a 2,404 millones de euros.
Art 440 La potestad sancionadora es el Ayto.
Art 447 Sin perjuicio de las acciones, los infractores están obligados a reparar el daño causado y restaurar el medioambiente y bienes al estado anterior.
Art 448 Previo a la sanción, se deberá acordar con un plazo máximo de 15 días, el cese y tomarse medidas cautelares para el mantenimiento de los daños (suspensión actividades, entre otros)

Como desde la ampliación del aeropuerto, Barajas tiene terrenos en el termino municipal de Paracuellos, además los aviones sobrevuelan los núcleos urbanos del aeropuerto, le exijo al Alcalde de Paracuellos:
1) que aplique la ordenanza vigente, midiendo el ruido con el sonómetro municipal o equivalente homologado.
2) que en caso de superarse los limites sonoros máximos, se le de audiencia a AENA comunicándole la normativa municipal y sus consecuencias
3) se nos de traslado oficial del resultado de los pasos anteriores a toda la Corporación, Asociaciones de vecinos, Plataformas y vecinos en general

Si en un plazo de un mes no ha actuado en el tema, me veré obligado a recurrir a instancias superiores.
Le solicito aprovechemos esta vía legal, por el bien de todos los paracuellenses.


Atentamente,

Aunque hemos consultado a gente especialista en la materia, nadie nos ha demostrado que nuestra ordenanza no se pueda aplicar, se nos dice que es como "intentar demoler un edificio a pedradas" y que las reclamaciones son un camino largo, caro y de desgaste.

Insistimos que la Alcaldía de Parcuellos, debería con la confianza del voto que ostenta y con el dinero que de todos nosotros recauda, abrir un linea de actuación sobre este tema.   

 

El equipo de Jarama Directo